D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240127-3)
Convenio –  Adenda de 11 de diciembre de 2023, de modificación del convenio de 17 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (anteriormente Consejería de Economía, Empleo y Competitividad), y la Asociación de Técnicos de Electrodomésticos (ATE), para garantizar el funcionamiento del sistema arbitral de consumo en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 23

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 27 DE ENERO DE 2024

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IV. Que, a tenor de lo dispuesto en la cláusula cuarta del convenio, podrá ampliarse
el número de vistas a celebrar, cuando fuera necesario contar con la representación de la
asociación en un número superior al previsto, previa tramitación del expediente económico de gasto y la fiscalización del mismo por la Intervención Delegada.
V. Que el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, dispone, en cuanto al régimen de modificación de los convenios, que a falta de regulación expresa la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
VI. Que se ha producido un aumento en el número de solicitudes de arbitraje tramitadas relacionadas con el sector de actividad de la asociación, por lo que se hace necesario
ampliar en veinte, el número de vistas arbitrales previstas en el convenio para 2024, pasando de cincuenta a setenta, resultando con la ampliación un total de ciento setenta vistas durante los tres años de su vigencia.
VII. Que el número de vistas arbitrales con participación de esta entidad durante la
vigencia del Convenio, tras la presente modificación, se ha estimado en ciento setenta, a razón de cincuenta correspondientes a los años 2022 y 2023, y setenta en 2024.
ACUERDAN
Primero
Modificación de la cláusula cuarta del convenio
Se modifica el tercer párrafo de la cláusula cuarta del convenio, que queda redactado
en los siguientes términos:
”El número de vistas arbitrales con participación de esta entidad durante la vigencia
del Convenio se ha estimado en ciento setenta, a razón de cincuenta vistas en las anualidades
correspondientes a los años 2022 y 2023 y setenta en 2024. El importe máximo que deberá ser abonado por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo a través del Instituto
Regional de Arbitraje de Consumo, durante la vigencia del convenio asciende a la cantidad
de 8.500,00 euros”.
Segundo
Efectos de la adenda de modificación

BOCM-20240127-3

La modificación contenida en la presente adenda tendrá eficacia desde su firma y deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente adenda de modificación, con los respectivos certificados electrónicos,
considerándose firmado en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última
firma de las partes.
Madrid, a 11 de diciembre de 2023.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo,
P. D. (Orden de 3 de diciembre de 2021), el Viceconsejero de Economía y Empleo, Daniel
Rodríguez Asensio.—El presidente de la Asociación de Técnicos de Electrodomésticos
(ATE), José Manuel Rodríguez Rodríguez.
(03/147/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791