D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240126-36)
Convenio –  Convenio de colaboración de 28 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Universidad Politécnica de Madrid, para la realización de actuaciones de capacitación digital en el medio rural de la Comunidad de Madrid en el marco del Componente 19 “Plan Nacional de Capacidades Digitales”, Inversión 1 “Competencias Digitales Transversales” del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU
9 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 262

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 22

El importe de 1.242.806 euros se financiará por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia con los fondos asignados a la Comunidad de Madrid a través de la Conferencia
Sectorial de Reto Demográfico en el marco del componente 19 inversión 1 “Capacitación digital para la ciudadanía” del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (MRR), financiado por la Unión Europea, Next Generation EU, debiendo destinarse 1.098.713 euros
a gasto corriente y 144.093 euros a gastos de capital (equipos informáticos y software).
El coste unitario estimado para la consecución del objetivo CID 288 de personas
participantes formadas es de 233,83 euros, con una duración mínima por acción formativa
de 7,5 horas.
Las actuaciones objeto de este convenio no podrán recibir financiación adicional con
cargo a los fondos estructurales de la Unión Europea.
Quinta
1. El pago de la anualidad 2023 se realizará tras la aprobación por la comisión de seguimiento del proyecto inicial presentado por la Universidad Politécnica de Madrid. El resto
de los pagos se realizarán trimestralmente en 2024 (un primer pago de 270.867,5 euros y tres
pagos de 126.774,5 euros cada uno), y en cuatro pagos trimestrales en 2025 (116.210 euros
cada uno), tras la presentación por parte de la Universidad Politécnica de Madrid de la memoria explicativa de las actuaciones desarrolladas en el trimestre o período proporcional
anterior. También aportará una relación de las personas que han recibido la capacitación en
ese período, en la que se indique el colectivo y municipio al que pertenece. Se incluirán evidencias acreditativas de que los alumnos han completado las acciones formativas, declaración responsable de que estas actuaciones no han recibido financiación adicional con cargo
a los fondos estructurales de la Unión Europea.
2. El abono de dichas cantidades se hará efectivo en la c/c número ES36-2100-91941722-0060-0055 de Caixa Bank, calle Paseo de la Castellana, número 51, planta tercera, 28046 Madrid, a nombre de Universidad Politécnica de Madrid, Oficina de Transferencia
Tecnológica (OTT).
3. Estos pagos tendrán la naturaleza de anticipo sin exigencia de garantías y de conformidad con lo establecido en el Plan de Disposición de Fondos individualizado aprobado
por la Dirección General de Política Financiera y Tesorería.
4. La Universidad Politécnica de Madrid presentará no más tarde del 15 de diciembre de 2025 la documentación justificativa del total de las actuaciones realizadas.
5. La Universidad Politécnica de Madrid se responsabilizará de la veracidad de los
documentos de justificación que presenten a la Comunidad de Madrid, estando obligada a
la conservación de los documentos de conformidad con lo establecido en el Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del consejo, de 122 de febrero de 2021, por el que
se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, quedando sometida a las actuaciones de verificación, seguimiento y control de la Consejería y al Plan de Medidas Antifraude aprobado por el Consejo de Gobierno de 29 de diciembre de 2021, y sometido a los
controles de la Comisión Europea, la oficina de lucha antifraude, el Tribunal de Cuentas
Europeo y la fiscalía europea y al derecho de estos organismos al acceso a la información
sobre el convenio.
6. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 132 del Reglamento (UE) 2018/1046 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, se conservarán los documentos justificativos, los
datos estadísticos y demás documentación, concerniente a la financiación, así como los registros y documentos en formato electrónico, durante un período de cinco años a partir del
pago de la operación.
7. Toda la documentación deberá contener tanto en su encabezamiento, como en su
cuerpo de desarrollo, la referencia “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU” en aplicación del artículo 34 del Reglamento 2021/241 y en los términos establecidos en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre, y en el Manual de Comunicación para gestores y beneficiarios de los
fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
8. Incumplimiento del objetivo CID: El incumplimiento de la obligación de justificar la realización de la capacitación de como mínimo 5.315 personas (objetivo CID 288)
dará lugar, en todo caso, a la devolución de la parte no justificada.
Si este incumplimiento es atribuible a la Universidad Politécnica de Madrid (esto solo
ocurrirá cuando las instituciones locales hayan logrado un número de inscripciones de par-

BOCM-20240126-36

Justificación de las actuaciones realizadas y pago