D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - METRO DE MADRID, S. A. (BOCM-20240126-41)
Convenio –  Anuncio de 29 de diciembre de 2023, del convenio entre Metro de Madrid, S. A., y el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, para el desarrollo del proyecto “Estación del Arte”
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BOCM

VIERNES 26 DE ENERO DE 2024

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procedentes de su Archivo Fotográfico, para que Metro pueda reproducirlas en
vinilos que decorarán determinados espacios de las instalaciones de la estación
de “Estación del Arte” así como su comunicación pública a través de los citados
espacios.
En concreto, las obras artísticas cuyas imágenes podrán ser reproducidas por Metro para decorar la Estación de Estación del Arte son las siguientes:
— Juan Gris. La ventana abierta. 1921. Óleo.
— John Baldessari. Manos enmarcando el Puerto de Nueva York (Proyectos: Muelle 18). 1971 (copia posterior 1992). Fotografía.
— Colita. El paralelo. Descuartizar un cuerpo. Antifémina. Fotografía. 1975/Copia posterior, 2011.
— Robert Fillou. Autorretrato bien hecho, mal hecho, no hecho. 1973. Ensamblaje.
— Pablo Ruiz Picasso. Guernica. 1937. Óleo.
— Salvador Dalí. El Gran masturbador. 1929. Óleo.
— Joan Miró, La casa de la palmera, 1918. Óleo.
— Eulalia Grau. Tiempo de ocio (Etnografía). 1974. Acrílico. Emulsión fotográfica.
— Rafael Barradas. Composición vibracionista 1918. Óleo.
— Isidre Nonell. Cabeza de gitana. 1906. Óleo.
— Medardo Rosso. Bambina che ride/Niña que ríe. 1989-1890. Escultura.
— Colita. Descuartizar un cuerpo. 1965/copia posterior 2011. Fotografía.
Las imágenes digitales deberán tener una resolución mínima de 300 puntos por
pulgada.
El MNCARS deberá obtener las licencias de propiedad intelectual necesarias para
la exhibición por parte de Metro de las imágenes, con independencia de los titulares de los derechos de autor o entidad de gestión colectiva que represente a los
mismos, eximiendo a Metro de cualesquiera responsabilidades que pudieran derivarse de dicho uso. El MNCARS será responsable de obtener y remunerar tales licencias de reproducción, distribución y comunicación pública a favor de Metro, tanto
para los espacios descritos en la Cláusula Tercera como para la campaña de comunicación que difunda el proyecto. La cantidad máxima a asumir por el MNCARS en
este concepto será de 6.500 euros (seis mil quinientos euros), IVA incluido. Dicha
cantidad será imputable a la aplicación presupuestaria 18.302.333A.209 del presupuesto del organismo correspondiente al ejercicio 2023. En ningún caso el
MNCARS ni terceros podrán exigir a Metro el pago de cantidad alguna en relación
con la explotación de dichas imágenes, siempre que el uso por parte de Metro se
realice conforme a lo previsto en las licencias obtenidas.
Asimismo, el MNCARS responderá y mantendrá indemne a Metro frente a cualquier tipo de reclamación, procedimiento sancionador, demanda o causa, que tenga su origen en la previsión del párrafo anterior. Por su parte Metro se obliga a utilizar las imágenes y vídeo cedidos única y exclusivamente para el fin amparado
por las referidas licencias de propiedad intelectual, respondiendo frente al
MNCARS de cualquier uso que exceda de lo previsto en el presente convenio.
b) Otras acciones para promocionar la visita al MNCARS y el uso del ferrocarril metropolitano como principal medio de acceso:
— El MNCARS permitirá el acceso gratuito al Museo a quienes presenten, en la
taquilla exprés, el abono joven (hasta la fecha en que se cumplen 26 años),
junto con el DNI. Para ello se aprobará la correspondiente Resolución de gratuidad del Director, conforme a lo previsto en la Resolución de 21 de diciembre de 2021, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se
publica el Acuerdo de la Comisión Permanente del Real Patronato del Museo
Nacional Centro de Arte Reina Sofía, en el que se establecen los precios públicos de entrada al Museo.
— El MNCARS realizará una visita comentada al mes a la Colección con inscripción abierta a los usuarios del abono joven y con un número de plazas por
fijar por Metro de Madrid en el mismo grupo para sus trabajadores. La determinación de quiénes serán los participantes en dichas visitas, corresponderá, única y exclusivamente, a Metro, conforme a lo previsto en la cláusula
siguiente.

BOCM-20240126-41

B.O.C.M. Núm. 22

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID