D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - METRO DE MADRID, S. A. (BOCM-20240126-41)
Convenio –  Anuncio de 29 de diciembre de 2023, del convenio entre Metro de Madrid, S. A., y el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, para el desarrollo del proyecto “Estación del Arte”
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BOCM

VIERNES 26 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 22

ración con actividades de carácter cultural que beneficien a los ciudadanos y que le permitan dar a conocer a sus clientes su constante compromiso con este tipo de actividades.
IV. Que Metro tiene, entre sus principales funciones, la prestación del servicio público de transporte metropolitano bajo altos estándares de calidad (lo que se traduce también en la posibilidad de ofrecer al ciudadano servicios complementarios que mejoren su
experiencia de viaje) teniendo también como línea estratégica, potenciar la imagen de marca de la compañía colaborando en actividades de índole cultural y turística, siendo su propósito seguir ahondando en estas iniciativas que permitan conocer a sus usuarios las diferentes iniciativas culturales y turísticas de la Comunidad de Madrid.
V. Que la estación de Estación del Arte de la red del ferrocarril metropolitano madrileño, está ubicada a 240 metros del MNCARS, lo que sitúa al ferrocarril metropolitano
como el principal modo de transporte para acceder al mismo y a la estación de Estación del
Arte como un punto de encuentro entre la movilidad sostenible y la cultura.
VI. Que este hecho, de enorme relevancia estratégica, ha llevado a Metro y al
MNCARS a colaborar conjuntamente en un proyecto que vincula el servicio público de
transporte del ferrocarril metropolitano con la actividad cultural del MNCARS, junto con
la de otros museos también situados en las proximidades de la estación de Estación del Arte,
como es el caso del Museo Nacional del Prado y el Museo Thyssen convirtiendo, de este
modo, a la anteriormente denominada estación de Metro de Atocha en la estación “Estación
del Arte”.
VII. Que este proyecto busca, entre otros objetivos, que la estación de Estación del
Arte sea, de algún modo, una entrada al MNCARS, de manera que, a través de la tematización visual de la estación, los viajeros puedan contemplar parte de las obras que se exponen en dicho museo, potenciando de este modo el interés por visitarlas in situ, el uso del ferrocarril metropolitano y, en definitiva, la difusión de la cultura, el turismo y el uso del
transporte público.
VIII. Que las Partes firmaron un convenio, con fecha de 27 de diciembre de 2020
(publicado en el “Boletín Oficial del Estado” de 11 de enero de 2021), para colaborar
conjuntamente en el proyecto, con una duración de dos años a contar desde la fecha de su
publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
IX. Que estando de acuerdo Metro y MNCARS en colaborar para que dicho proyecto
siga vigente, han decidido suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
1.1. El objeto del presente convenio es establecer el marco de colaboración entre
Metro y el MNCARS para el desarrollo de actuaciones de promoción cultural y turística y
el uso del servicio de transporte público que presta Metro en relación con la singularización
de la estación de “Estación del Arte” de la red del ferrocarril metropolitano madrileño dentro del proyecto denominado “Estación del Arte”.
1.2. Metro y el MNCARS reconocen que el desarrollo de las actividades quedará supeditado, en todo caso, a que su contenido no contravenga la normativa por la que se rigen
ni que incida en el objeto de aquellos contratos que cualquiera de las partes haya suscrito
con anterioridad en sus respectivos ámbitos de actividad, por lo que ninguno de los firmantes del convenio percibirá indemnización ni compensación alguna en el caso de que se produzca cualquier incidencia, derivada de los indicados contratos, que afecte al cumplimiento del presente convenio.
1.3. Del mismo modo, el MNCARS reconoce que aquellas actividades que pudieran
desarrollarse en las instalaciones del ferrocarril metropolitano, quedan también supeditadas
al cumplimiento de las condiciones que Metro pudiera establecer a fin de que no se afecte
el normal desarrollo del servicio público de transportes y habrán de someterse a la normativa que pudiera resultarles de aplicación.
Segunda
Obligaciones del MNCARS
a) Cesión de derechos de reproducción y comunicación pública de imágenes de
obras de arte.
El MNCARS queda obligado, en virtud del presente convenio, a ceder gratuitamente a Metro la explotación de 12 imágenes digitales de obras de su colección,

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