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Convenio –  Convenio de 9 de enero de 2024, de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Fresnedillas de la Oliva, para el fomento de la lectura a través del centro de lectura municipal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 21

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE ENERO DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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CONVENIO de 9 de enero de 2024, de colaboración entre la Comunidad de
Madrid y el Ayuntamiento de Fresnedillas de la Oliva, para el fomento de la lectura a través del centro de lectura municipal.
En Madrid, a 9 de enero de 2024.
REUNIDOS

De una parte, la Comunidad de Madrid, representada por D. Bartolomé González Jiménez, Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 268/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno y
de conformidad con lo dispuesto en la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, y de
acuerdo con Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de
la Comunidad de Madrid.
De otra parte, el Ayuntamiento de Fresnedillas de la Oliva representado por D. José
Damián de la Peña Alonso, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fresnedillas de la Oliva (Madrid), según consta en el acta de la sesión extraordinaria celebrada por el Pleno de la
Corporación el diecisiete de junio de 2023, actuando en nombre y representación de dicha
Administración, de conformidad con lo establecido en el artículo 124.4.a) de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y habilitado para la firma del Convenio en virtud de lo dispuesto en los artículos 30.1.a) y 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de
marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Ambas partes se reconocen recíprocamente personalidad jurídica y capacidad legal
bastante para obligarse en Derecho y para firmar el presente Convenio y

1. Que la Comunidad de Madrid actúa en el ejercicio de la competencia exclusiva
que le atribuye su Estatuto de Autonomía en materia de bibliotecas en su artículo 26.1.1.18,
correspondiéndole igualmente, tal y como señala su artículo 28.1.6 la ejecución de la legislación del Estado en museos, archivos, bibliotecas y otras colecciones de naturaleza análoga de titularidad estatal cuya gestión directa no se reserve el Estado. Los términos de gestión serán fijados mediante convenios. Asimismo, el artículo 26.1.1.20 le atribuye con
carácter general competencia exclusiva en materia de fomento de la cultura.
2. Que el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid,
por el que se establece el número y la denominación de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid establece en su artículo 10 que la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte continuará ejerciendo las competencias que venía ostentando en virtud del Decreto 42/2021, de 19 de
junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
3. Que el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, establece
la estructura orgánica básica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, de conformidad con Decreto 76/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. Dicho Decreto 264/2023, en su artículo 2, establece la estructura básica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, con la Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte, bajo la cual se encuentra la Dirección General de Patrimonio Cultural y
Oficina del Español.

BOCM-20240125-62

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