C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240125-16)
Bases ayudas –  Orden de 28 de diciembre de 2023, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la elaboración de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo en el marco del Plan Estratégico Nacional de la Política Agraria Comunitaria (PEPAC) 2023-2027, cofinanciables por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado y se realiza la convocatoria para 2024
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B.O.C.M. Núm. 21

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE ENERO DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
ORDEN de 28 de diciembre de 2023, de la Consejería de Presidencia, Justicia y
Administración Local, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la elaboración de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo en
el marco del Plan Estratégico Nacional de la Política Agraria Comunitaria
(PEPAC) 2023-2027, cofinanciables por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado y se realiza la
convocatoria para 2024.

El Reglamento (UE) 2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía
(FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.o 1305/2013 y (UE) n.o 1307/2013, establece en su artículo número 92 que al menos el 5 % de la contribución del FEADER al Plan Estratégico Nacional
debe gestionarse bajo la metodología LEADER; además incluye en el artículo número 77
apartado b, la preparación y ejecución de estrategias de desarrollo a través de LEADER.
El Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio
de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de
Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de
Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el
Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados, dedica su capítulo II a regular posibles metodologías de desarrollo rural integrado, entre las que se incluye, la metodología LEADER.
De acuerdo con el Reglamento (UE) 2021/2115, en el Plan Estratégico Nacional de la
PAC 2023-2027, aprobado por la Comisión Europea mediante Decisión de ejecución C
(2022) 6017, de 31 agosto de 2022, se incluye la intervención 7119 LEADER.
La implementación del desarrollo local LEADER en un territorio determinado se realiza mediante un conjunto coherente de acciones al que se denomina Estrategia de Desarrollo Local Participativo (EDLP), cuyo fin es satisfacer objetivos y necesidades locales, y que
es diseñado y puesto en práctica por un Grupo de Acción Local, en adelante GAL, en el que
participan los sectores público y privado de dicho territorio. Las EDLP pueden contemplar
diversas líneas de ayudas a promotores en el medio rural, así como otro tipo de acciones
que se consideren de interés para las zonas en que las estrategias se implementen.
En la Comunidad de Madrid en base a la experiencia de anteriores periodos de programación se ha optado por aplicar el desarrollo local participativo mediante LEADER. Para
aplicar esta metodología los representantes socioeconómicos locales, tanto públicos como
privados, de las zonas rurales de la Comunidad de Madrid deben agruparse en GAL para
aplicar sus EDLP en sus territorios.
En el modelo de gestión LEADER, la Comisión Europea establece unos principios generales, siendo potestad de las Comunidades Autónomas establecer el modelo de gestión
que mejor responda a las necesidades territoriales. En cada periodo de programación debe
realizarse una nueva selección de Grupos y Estrategias, definiendo el modelo de gestión.
El Reglamento (UE) n.o 2020/2220 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de diciembre de 2020, por el que se establecen determinadas disposiciones transitorias para la ayuda
del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y del Fondo Europeo Agrícola de
Garantía (FEAGA) en los años 2021 y 2022, y por el que se modifican los Reglamentos (UE)
n.o 1305/2013 (UE) n.o 1306/2013 y (UE) n.o 1307/2013 en lo que respecta a sus recursos y
a su aplicación en los años 2021 y 2022 y el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 en lo que respecta a los recursos y la distribución de dicha ayuda en los años 2021 y 2022, dispone en su
artículo 1 que se prorroga el periodo de duración de los programas financiados por el fondo
FEADER hasta el 31 de diciembre de 2022, mientras que el artículo 4 establece que en el caso

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