Getafe (BOCM-20240124-76)
Régimen económico. Norma reguladora
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 20

y sobre todo, acompañar a aquellas que carecen de red social, en sus casas y en directo a
través de la televisión.
La utilización de esta herramienta tecnológica durante un año de aplicación en el programa terapéutico nos ha demostrado ser una gran aliada para el bienestar de las personas
con las que hemos trabajado. Hemos visto mejorar sus habilidades motrices y otras destrezas, mejorar capacidades como la atención, la autoestima y el estado anímico.
Asimismo, el Servicio de Geolocalización en situaciones de emergencia que han utilizado más de noventa personas mayores durante este último año, nos ha permitido garantizar la seguridad de personas mayores vulnerables a través de un reloj inteligente, de geolocalización y aviso que, conectado directamente con un familiar del usuario y con el Servicio
de Atención y Emergencias de la Policía local de Getafe, para su intervención en caso de
emergencia, ha proporcionado a estas personas y sus familiares cierto grado de tranquilidad, mientras estas personas mayores han podido seguir disfrutando de la movilidad en su
ciudad y del contacto directo con sus vecinos y conocidos.
Entre los objetivos de esta Concejalía se considera fundamental introducir en la atención a las Personas Mayores aquellas metodologías y herramientas a nuestro alcance que
puedan facilitar la intervención y el alcance de los objetivos, así como, que nos ayuden a
llegar a mayor número de usuarios, como es el caso de las grandes ventajas que pueden llegar a aportar las nuevas tecnologías en el trabajo con las personas más vulnerables.
Es por ello que planteamos implantar estos servicios dentro del marco de los Servicios
de Atención al Mayor que el Ayuntamiento tiene en Getafe, siendo la utilización de estos
recursos lo que permita aplicar nuevas y actuales metodologías terapéuticas y preventivas
que van a repercutir positivamente en el bienestar del colectivo destinatario.
En virtud del marco legal anteriormente indicado, y de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 41 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el
Ayuntamiento de Getafe establece la presente regulación del precio público por la prestación del Servicio de Videoterapia y del Servicio de Geolocalización en situaciones de emergencia a personas mayores de Getafe.
Art. 2. Objeto del precio público.—Constituye el objeto de este precio público:
1. La prestación del Servicio Tecnológico para desarrollar un programa de Videoterapia con personas mayores de Getafe en su domicilio.
2. La prestación de un Servicio de Geolocalización mediante reloj inteligente para la
localización y atención en situaciones de emergencia para personas mayores del municipio.
Art. 3. Características de los servicios.—1. El Servicio de Videoterapia a mayores
es un recurso tecnológico, instalado en el domicilio del usuario con un pequeño dispositivo
en su televisor, permitiendo a los profesionales de la Delegación de Personas Mayores del
Ayuntamiento de Getafe conectar con el usuario, hablar con él, hacer un seguimiento de
atención a la persona mayor más personalizado, y además, ofrecer sesiones de trabajo con
actividades de estimulación físico, de recuperación funcional, cognitiva y de apoyo emocional. Todo ello de forma sencilla, sin necesidad de conocimientos técnicos.
Se establece con un mínimo de dos sesiones semanales con una duración para cada
usuario en torno a 45 minutos de conexión por sesión.
2. El Servicio de Geolocalización en situaciones de emergencia mediante un reloj inteligente que se proporciona al usuario, conectado directamente con un familiar del usuario
y con el Servicio de Atención y Emergencias de la Policía Local de Getafe para su intervención en caso de emergencia.
Art. 4. Requisitos.—1. Para ser usuario del Servicio de Videoterapia serán requisitos necesarios los siguientes:
— Estar empadronado en el Municipio de Getafe.
— Tener 65 años cumplidos o, de no tener cumplida esta edad, encontrarse entre los 55
y 64 años, siendo pensionista del sistema de la Seguridad Social por concepto de
jubilación anticipada, reconocimiento de incapacidad permanente absoluta o gran
invalidez.
— Estar dotada su vivienda con instalación de servicio de internet.
— Presentar, en cualquier caso, alguna de las situaciones siguientes:
d Necesidad de terapia ocupacional y estimulación psicomotriz y movilidad reducida con imposibilidad de desplazarse de su domicilio.
d Falta de red social, vivir solo y encontrarse en situación de aislamiento social.

BOCM-20240124-76

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