D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240124-26)
Convenio –  Convenio de 21 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Ayuntamiento de Villamanta, por el que se concede una subvención directa por importe de 125.185,14 euros, para la adquisición de práctica laboral de personas desempleadas en el marco de las obras y servicios acordados para paliar en los municipios más afectados los efectos ocasionados por la DANA de septiembre de 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 20

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE ENERO DE 2024

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2. La graduación de los posibles incumplimientos a que se hace referencia en el apartado anterior se determinará de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Se entenderá que ha existido un incumplimiento para cada puesto de trabajo, que dará
lugar al reintegro total de la subvención concedida para el puesto de trabajo o la pérdida del derecho al cobro para el puesto de trabajo, en los siguientes supuestos:
1.o Cuando la suma del salario bruto de los destinatarios, incluida la parte proporcional de las dos gratificaciones extraordinarias anuales, y los costes de seguridad social a cargo del empleador haya sido inferior al importe del módulo
utilizado para el cálculo de la subvención para este fin, en más de 1 % de dicho módulo.
2.o El trabajador haya desempeñado una ocupación o puesto de trabajo diferente
al que figura en Anexo I.
3.o La relación laboral haya finalizado con anterioridad a la duración del contrato
de trabajo que figura en Anexo I, salvo que la extinción de la relación laboral
haya sido por las causas establecidas en los apartados 1.d), 1.e), 1.f), 1.g), 1.h)
del artículo 49 y el apartado 1.k) del artículo 49 en relación con el artículo 54,
del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por
el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
4.o No se haya mantenido el alta del trabajador en la Seguridad Social durante la
duración del contrato de trabajo que figura en la Orden de concesión de subvención.
5.o No se haya dado ocupación efectiva al trabajador.
6.o El trabajador haya realizado una jornada de trabajo diferente a la que figura en
el Anexo I.
7.o Se haya cedido el trabajador a otra empresa distinta al beneficiario de la subvención.
8.o No se haya impartido la formación transversal del proyecto aprobado por causa del beneficiario.
c) Se entenderá que ha existido un incumplimiento parcial para cada puesto de trabajo, que dará lugar al reintegro de la subvención concedida para sufragar los gastos
de formación, en los siguientes supuestos:
1.o Se hayan impartido parcialmente los contenidos del módulo de formación
transversal.
2.o Se hayan impartido los contenidos formativos del módulo de formación transversal por un centro de formación o un personal docente con graves deficiencias de instalaciones, equipos o metodológicas.
3.o No se acredite, en los términos establecidos en la cláusula décima, la impartición en su totalidad de los contenidos formativos transversales.
Decimoquinta
En cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter
personal, los datos de carácter personal que se faciliten en virtud del presente Convenio, así
como cualesquiera otros que sean facilitados a lo largo de la relación que en el mismo se establece, serán tratados de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, que adapta el ordenamiento jurídico español al Reglamento Europeo (UE) 2016/679 de Protección de Datos
(“RGPD”), y serán utilizados por cada una de las partes, única y exclusivamente, para la gestión y cumplimiento adecuado de las relaciones que en el Convenio se establecen. Cada parte deberá proporcionar la información obligatoria prevista en el artículo 11 de la citada Ley
Orgánica a los interesados y asumirá el compromiso de mantener indemne a la otra parte de
cualquier responsabilidad, obligación, pérdida, coste, reclamación, daño, gasto que traiga
causa de cualquier incumplimiento de la normativa en materia de protección de datos.
Las partes firmantes no harán uso de los datos o de la información suministrada por los
beneficiarios del programa fuera del ámbito de este, garantizando en todo caso la privacidad y confidencialidad, velando para que no pueda ser utilizada para ninguna otra finalidad
distinta a la expresamente prevista.
Las partes informarán a los beneficiarios del programa acerca del tratamiento de sus
datos personales de contacto con el fin de que su empresa pueda participar en el programa.

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