D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240124-24)
Convenio –  Convenio de 21 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Ayuntamiento de Navalagamella, por el que se concede una subvención directa por importe de 81.240,12 euros, para la adquisición de práctica laboral de personas desempleadas en el marco de las obras y servicios acordados para paliar en los municipios más afectados los efectos ocasionados por la DANA de septiembre de 2023
23 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 20

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE ENERO DE 2024

Pág. 133

IX
El ayuntamiento firmante declara que cumple con los requisitos incluidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, habiéndose acreditado con carácter previo
a la firma del presente convenio que el beneficiario se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Así pues, considerando ambas partes necesaria y oportuna la celebración de este convenio, de conformidad con lo establecido en las citadas disposiciones, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, el cual se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
1. El objeto de este convenio es regular la concesión directa de una subvención que
permita la colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y el Ayuntamiento de Navalagamella para la mejora de la ocupabilidad y el refuerzo de las competencias profesionales de los destinatarios, personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en la Comunidad de Madrid y
cualificados en la ocupación, a través de la realización de una acción mixta de empleo-formación, en la ejecución de obras y servicios destinadas a paliar los efectos producidos por
la DANA en el mes de septiembre de 2023.
2. La mejora de la ocupabilidad y el refuerzo de las competencias profesionales de
los destinatarios se articulará mediante la suscripción entre el Ayuntamiento de Navalagamella y los destinatarios de un contrato temporal “vinculado a programas de políticas activas de empleo” y a jornada completa, al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional
novena de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo. Asimismo, recibirán durante el tiempo de duración del contrato de trabajo, 30 horas de formación profesional para el empleo
en competencias transversales con incidencia en el empleo, en la modalidad de impartición
de formación presencial.
Segunda
Gastos subvencionables
La subvención se destinará a financiar los siguientes gastos derivados de la participación de los desempleados en esta política activa de empleo:
a) Los costes salariales y de cuota patronal de cotización a la Seguridad Social derivados de los contratos temporales “vinculado a programas de políticas activas de
empleo” suscritos.
b) Los costes de impartición de la formación en contenidos transversales para el empleo. Entre los mismos se incluirá el coste del vestuario y de los equipos de protección individual (EPIs) asociados al desempeño de la ocupación, así como, los
gastos de difusión del proyecto correspondientes al cartel establecido en el apartado 1 de la cláusula decimotercera.
Tercera
1. El número de personas desempleadas a contratar es 6. En el Anexo I de este
convenio se describen las ocupaciones / puestos de trabajo en las que serán contratados, la
duración del contrato, la jornada diaria de trabajo, la localización y descripción de los trabajos a realizar en la obra o servicio y la cualificación requerida a los trabajadores para el
desempeño del puesto de trabajo.
2. La cuantía de la subvención será de 81.240,12 euros, distribuidos de la siguiente
manera:
— 79.800,12 euros para gastos laborales.
— 1.440,00 euros para gastos de formación.

BOCM-20240124-24

Número de participantes y cuantía de la subvención