Coslada (BOCM-20240123-78)
Urbanismo. Estatutos junta compensación
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 19

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
78

COSLADA
URBANISMO

Aprobación inicial de Estatutos y Proyecto de Bases de Actuación de la Junta de Compensación del “Barrio del Jarama”.
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 9 de enero de 2024, ha aprobado inicialmente aprobar inicialmente el Proyecto de Bases de Actuación y Estatutos para la
constitución de la Junta de Compensación del “Barrio del Jarama”, para llevar a cabo la ejecución directa del ámbito “AA-Barrio del Jarama”, promovido por la Comisión Gestora. El
domicilio de la Junta de Compensación queda establecido en Madrid, en la calle Mejía Lequerica, número 3, primero derecha (28004 Madrid).
Asimismo, ha acordado someter el Proyecto de Estatutos y Bases de Actuación que regirá el funcionamiento de la Junta de Compensación del ámbito “AA-Barrio del Jarama”, al
trámite de información pública durante un plazo de veinte días hábiles, según lo establecido
en el artículo 161 del Reglamento de Gestión Urbanística, en relación con el artículo 83 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a cuyo efecto se insertará el correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se notificará individualmente a todas las personas
titulares de bienes y derechos afectados por el expediente, haciendo mención del Boletín Oficial en que se haya publicado el presente anuncio de información pública.
Durante este plazo, podrán incorporarse a la Junta de Compensación cuantos propietarios de suelo incluido en el ámbito no hubieren comparecido hasta el momento, sin perjuicio
de la facultad que les asiste de adhesión posterior al otorgamiento de la escritura pública de
constitución.
El texto íntegro del Proyecto de Estatutos y Bases de Actuación de la Junta de Compensación, es el que seguidamente se indica, para general conocimiento de las personas interesadas, haciéndoles saber que podrán formular por escrito cuantas alegaciones estimen
convenientes para hacer valer sus derechos, en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio.
ESTATUTOS
TÍTULO I

Artículo 1.o Denominación, naturaleza y composición.—1. Con la denominación
de «Junta de Compensación del “Barrio del Jarama”» se constituye una Junta de Compensación como Entidad Urbanística Colaboradora de naturaleza administrativa, personalidad jurídica propia y plena capacidad legal para el cumplimiento de sus objetivos y fines, una vez
inscrita en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la Comunidad de Madrid.
2. La Junta de Compensación estará integrada por los titulares de bienes y derechos
comprendidos dentro del ámbito de la Unidad de ejecución definida en la Modificación
Puntual del Plan General de Ordenación Urbana “Barrio del Jarama” con ordenación pormenorizada (MP PGOU’23), que fue aprobada definitivamente por el Acuerdo 21/2023, del
Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, adoptado en sesión celebrada el día 12 de
abril de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 97, de 25 de abril
de 2023), cuyas disposiciones normativas fueron publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 130, de 2 de junio de 2023, y que voluntariamente se incorporen a la misma en la forma que establece el artículo 11 de estos Estatutos, por las entidades públicas titulares de bienes y derechos incluidos en dicho ámbito, ya tengan carácter
de bienes demaniales o patrimoniales, por la empresa o empresas urbanizadoras que se puedan incorporar a la misma, así como aquellos titulares de bienes y derechos que se adhieran
con posterioridad a la constitución de dicha Junta de Compensación.

BOCM-20240123-78

Aspectos generales