San Martín de Valdeiglesias (BOCM-20240123-95)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 19

carias siguientes: “Banco Santander”, “Caixabank”, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”,
“Banco Sabadell” y “Eurocaja Rural S.C.C.”.
La recaudación en período voluntario de las sanciones derivadas de expedientes sancionadores de cualquier naturaleza, se realizará en las entidades bancarias colaboradoras
“Banco Santander”, “Caixabank”, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, “Banco Sabadell”
y “Eurocaja Rural S.C.C.”, en recibos emitidos en la modalidad 2 de la Norma 60.
La recaudación de los ingresos derivados de deudas incursas en período ejecutivo de
cualquier naturaleza, se realizará en la entidad colaboradora “Banco Santander”, en recibos
emitidos en la modalidad 2 de la Norma 60.
Los fraccionamientos de pago de deudas en período voluntario, su pago se llevará a
cabo mediante domiciliación bancaria, los días 5 de cada mensualidad.
Los fraccionamientos de pago de deudas incursas en período ejecutivo, su pago se llevará a cabo mediante domiciliación bancaria los días 5 de cada mensualidad y los días 20, en el
caso de recibo no domiciliado, en la entidad bancaria “Banco Santander”, en recibos emitidos en la modalidad 2 de la Norma 60.
Medios de pago:
Los medios de pago a utilizar para la atención de la deuda que figure en el documento facilitado a tal efecto, se indican a continuación:
a) Transferencia bancaria.
b) Domiciliación bancaria.
c) Recibo normalizado en formato no domiciliado en la modalidad 2 de la Norma 60.
d) Tarjeta bancaria (TPV) en las oficinas de Rentas y Exacciones Municipal.
e) Pasarela de pagos municipal, con tarjeta bancaria en TPV virtual.
e) Excepcionalmente, se admitirá el metálico como forma de cobro.
El horario de caja en la Tesorería municipal será de 9 a 12 , de lunes a viernes, considerándose los sábados y festivos inhábiles.
Lugares, días y horas de ingreso:
Los pagos a través de entidades financieras colaboradoras se realizarán en las oficinas
bancarias de dichas entidades, en los días y horarios de apertura al público que así tengan
establecidos.
Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario sin hacerse efectivo el pago, las
deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, intereses de demora, y en su caso las costas que se produzcan.
Quinto.—Contra la resolución aprobatoria de los padrones y de las liquidaciones tributarias podrá interponerse, con carácter previo a la vía contencioso administrativa, recurso de
reposición ante el mismo órgano que dicta la resolución en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del período de exposición pública del padrón.
Contra la resolución del recurso de reposición no cabrá de nuevo dicho recurso.
Transcurrido un mes desde la interposición de este recurso sin que se notifique su resolución, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de seis meses, contados desde la fecha en
que transcurra un mes desde la interposición de dicho recurso de reposición, de acuerdo con
el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sexto.—Del presente decreto se dará cuenta al Pleno en la primera sesión ordinaria
que se celebre.
Séptimo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, así como en el Portal de Trasparencia.
Así lo manda y firma la señora concejal-delegada de Hacienda, doña Blanca Martínez
Muela, en fecha de su firma electrónica, en San Martín de Valdeiglesias.
Transcrita al libro de resoluciones con el alcance de lo dispuesto en el artículo 3.2.e)
del Real Decreto 128/2018, de 16 de abril, que regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.—El secretario, Jesús
Espinosa Galán.
San Martín de Valdeiglesias, a 10 de enero de 2024.—La concejala-delegada de
Hacienda, Blanca Martínez Muela.
(01/623/24)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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