Madrid (BOCM-20240123-64)
Organización y funcionamiento. O. A. Agencia Tributaria Madrid. Delegación funciones
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MARTES 23 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 19

Por dicho motivo, se procede a la corrección de la Resolución de 29 de diciembre de 2023,
de la Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, de delegación de competencias en materia tributaria, dada la subsistencia de la delegación de la Tasa por utilización
privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, para aparcamiento exclusivo
de vehículos o para su ocupación con grúas, acopio de materiales, casetas, maquinaria y equipos de cualquier clase, vinculados o no a obras en favor de la Dirección General de la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación (punto primero, apartado 4.5.7), pues
el objeto de la Resolución de 29 de diciembre de 2023 era exclusivamente adaptar las delegaciones a “los cambios operados en la organización municipal, con la adopción del Decreto del
Alcalde, de 17 de junio de 2023, por el que se establece el número, denominación y competencias de las Áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid, así
como por los distintos Acuerdos adoptados posteriormente por la Junta de Gobierno en relación a la organización y competencias de esas nuevas Áreas”, así como recuperar, por parte de
la Agencia Tributaria Madrid, las competencias relacionadas con la Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local con terrazas, no afectando a otros
tipos de aprovechamientos ni a su delegación.
A la vista de lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 LPACAP,
RESUELVO
Rectificar el error material en la Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, de delegación de competencias
en materia tributaria, en los siguientes términos:
Donde dice:
“4.5. Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación:
4.5.1. Tasa por Prestación de Servicios relacionados con Licencias, Autorizaciones
y otros Documentos Administrativos de Autotaxis.
4.5.2. Tasa por Retirada de Vehículos de la Vía Pública.
4.5.3. Tasa por Expedición de Documentos Administrativos respecto de la emisión de
informes sobre actuaciones de los Servicios de Policía Municipal y Agentes de Movilidad.
4.5.4. Tasa por Expedición de Documentos Administrativos respecto del supuesto
de autorización de rodajes, documentales y reportajes en el dominio público local.
4.5.5. Tasa por Expedición de Documentos Administrativos respecto de las autorizaciones complementarias para la circulación de vehículos en régimen de transporte especial.
4.5.6. Tasa por Expedición de Documentos Administrativos respecto de los documentos administrativos de su competencia, relativos a las autorizaciones administrativas
por la reserva de espacio del dominio público local, para aparcamiento exclusivo de vehículos o para su ocupación con grúas, acopio de materiales, casetas, maquinaria y equipos de
cualquier clase, vinculados o no a obras, así como cualesquiera otros elementos análogos”.
Debe decir:
“4.5. Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación:
4.5.1. Tasa por Prestación de Servicios relacionados con Licencias, Autorizaciones
y otros Documentos Administrativos de Autotaxis.
4.5.2. Tasa por Retirada de Vehículos de la Vía Pública.
4.5.3. Tasa por Expedición de Documentos Administrativos respecto de la emisión de
informes sobre actuaciones de los Servicios de Policía Municipal y Agentes de Movilidad.
4.5.4. Tasa por Expedición de Documentos Administrativos respecto del supuesto
de autorización de rodajes, documentales y reportajes en el dominio público local.
4.5.5. Tasa por Expedición de Documentos Administrativos respecto de las autorizaciones complementarias para la circulación de vehículos en régimen de transporte especial.
4.5.6. Tasa por Expedición de Documentos Administrativos respecto de los documentos administrativos de su competencia, relativos a las autorizaciones administrativas
por la reserva de espacio del dominio público local, para aparcamiento exclusivo de vehículos o para su ocupación con grúas, acopio de materiales, casetas, maquinaria y equipos de
cualquier clase, vinculados o no a obras, así como cualesquiera otros elementos análogos.
4.5.7. Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local respecto de las reservas de espacio del dominio público local, para aparcamiento exclusivo de vehículos o para su ocupación con grúas, acopio de materiales, casetas, ma-

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