D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240123-24)
Convenio –  Convenio de colaboración de 21 de diciembre de 2023, que suscriben la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Fundación Real Madrid, para la realización de actividades conjuntas en el ámbito de la protección, apoyo y puesta en valor de las víctimas del terrorismo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 19

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE ENERO DE 2024

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Dicha Comisión se regirá en su organización y funcionamiento por lo dispuesto para
los órganos colegiados de las administraciones públicas en la normativa reguladora del régimen jurídico del Sector Público.
Sexta
Plazo de vigencia
La duración prevista para el presente convenio será desde la fecha de firma hasta el 30 de
agosto de 2024. No obstante, podrá prorrogarse por un año más, mediante acuerdo expreso
y por escrito de las partes con una antelación de, al menos, un mes a su finalización.
Séptima
Resolución
Serán causas de resolución del presente convenio, las incluidas en el artículo 51 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y, en particular, las
siguientes:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado su prórroga.
b) El mutuo acuerdo de las partes con un preaviso de quince días de antelación.
c) La decisión mediante renuncia de cualquiera de las partes si sobreviniesen causas
que impidiesen o dificultasen de forma significativa la ejecución del convenio,
siempre que sea comunicada por escrito a la otra parte con una antelación mínima
de quince días.
d) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.
e) La decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
En caso de resolución del convenio, las partes quedan obligadas al cumplimiento de
sus respectivos compromisos hasta la fecha de resolución del mismo. Asimismo, se establecerá por mutuo acuerdo, en función de la causa concreta de extinción y a la vista de la
situación particular de las actuaciones en curso, la forma de terminación de las mismas.
Octava
Las partes se comprometen a cumplir con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a las personas físicas
en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos
(RGPD), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
Garantía de los Derechos Digitales, y demás legislación aplicable. Las partes quedan informadas de que los datos personales recogidos en este convenio formarán parte de un tratamiento del que cada parte será responsable, y cuya finalidad única y legitimación del tratamiento
de los datos personales es la ejecución y gestión del presente convenio, pudiendo ser cedidos a favor de un tercero siempre que ello sea necesario, así como para el cumplimiento de
normativas legalmente exigibles. Los datos serán conservados durante el tiempo que dure
el consentimiento, o en su caso, el tiempo legal establecido para cada una de las obligaciones legales que deriven de los tratamientos para lo que se ha consentido.
Los titulares de los datos personales recabados por medio del presente convenio podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, oposición, limitación, supresión, portabilidad y a no ser objeto de decisiones automatizadas dirigiéndose a Fundación Real Madrid
por escrito (Avenida de las Fuerzas Armadas, número 402, 28055 de Madrid) o contactando vía email a cumplimiento.fundacion@corp.realmadrid.com o a través de nuestro Delegado de Protección de Datos (Persevera, S. L. U., en la persona de Manuel del Palacio,
mdp.dpo@perseveragrupo.com ); o dirigiéndose a la Consejería de Presidencia, Justicia y
Administración Local de la Comunidad de Madrid. Asimismo, ambas partes tienen el derecho a presentar reclamación ante la Autoridad de Control, Agencia Española de Protección de Datos.
Las partes, garantizarán los derechos de las personas afectadas y adoptarán cuantas
medidas de seguridad, de índole técnica y organizativa, sean necesarias para evitar la alteración o pérdida de los datos personales, así como el acceso no autorizado a los mismos y
en ningún caso comunicará o cederá los datos personales a terceros, ni siquiera para la conservación de los mismos.

BOCM-20240123-24

Protección de datos de carácter personal