D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL - O. A. Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor (BOCM-20240123-27)
Convenio –  Convenio de 22 de diciembre de 2023, de cooperación educativa entre la Universidad Autónoma de Madrid y la Comunidad de Madrid, para la realización de prácticas externas en la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 19

Séptima
Obligaciones de la ARRMI
La ARRMI tendrá a su cargo las siguientes actuaciones:
1. Facilitar el cumplimiento de la práctica a desarrollar por parte del estudiante, así
como la realización de exámenes durante el período de prácticas.
2. Nombrar a un tutor o responsable de las prácticas del centro donde se desarrollen,
que se responsabilizará de la formación de cada estudiante y de la valoración de su estancia, facilitando al responsable o tutor académico de prácticas del centro de la UAM donde
esté matriculado el estudiante el informe de aprovechamiento de las prácticas a su finalización, en el que constará el tiempo de prácticas realizado, las horas totales, su contenido, el
grado de aprovechamiento y participación, su rendimiento y las competencias adquiridas.
3. Disponer de los medios materiales y servicios que permitan garantizar el desarrollo de las actividades formativas planificadas, observando los criterios de accesibilidad
universal y diseño para todas las personas, según lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
4. Observar y hacer observar las medidas de seguridad e higiene establecidas en el
centro de prácticas.
5. Garantizar los derechos propios de los alumnos en prácticas. En caso de ausencia,
será necesario comunicarlo al tutor de la ARRMI y justificarlo convenientemente a la Universidad. El régimen de permisos del estudiante será consensuado por las personas responsables de la tutela académica y profesional, con respeto en todo caso a los permisos a los
que el estudiantado tenga derecho con arreglo a la normativa vigente.
Octava
Colaboración y Comisión de Seguimiento
Ambas partes colaborarán en todo aquello que conduzca a una más eficaz consecución
de los objetivos del presente convenio y se comprometen a remover los obstáculos que dificulten o impidan tal consecución.
Se creará una Comisión de Seguimiento del presente convenio, que estará compuesta
por los siguientes miembros en régimen de paridad:
— Presidente: la persona titular de la Dirección-Gerencia de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y la Reinserción del Menor Infractor.
— 2 vocales, uno designado por la ARRMI y otro designado por la UAM.
La Comisión, cuyo funcionamiento se ajustará a lo establecido para los órganos colegiados en la Subsección 1.a, de la Sección 3.a, del Capítulo II, del Título Preliminar, de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se podrá reunir a petición de cualquiera de las partes y cuantas veces considere necesarias, pudiendo ser invitadas otras personas en función de los contenidos a tratar y del interés de las partes.
Novena
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y Garantía de los Derechos Digitales, y disposiciones de desarrollo, así como en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE
(Reglamento general de protección de datos).
1. Datos personales de los estudiantes que realizarán prácticas:
Para la correcta ejecución de las prácticas descritas en el presente convenio, la ARRMI
tiene la consideración de responsable del tratamiento de los datos personales de los referidos
estudiantes comunicados por la UAM, ya que determina los medios y los fines de los tratamientos de datos necesarios para la realización de las prácticas universitarias que constituyen el objeto de este convenio.
Con ocasión de la finalización de la realización de la práctica, la ARRMI se compromete a bloquear, una vez comunicado a la Universidad, los datos del informe académico del

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