D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240122-36)
Convenio –  Convenio de 15 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y la Cámara Agraria de la Comunidad de Madrid para la concesión directa, por razones de interés público, de una subvención destinada a sufragar los gastos corrientes de la citada entidad en 2023
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
6 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 118

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 18

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
36

CONVENIO de 15 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y la Cámara Agraria de la Comunidad de Madrid para la concesión directa, por razones de interés público,
de una subvención destinada a sufragar los gastos corrientes de la citada entidad en 2023.
REUNIDOS

De una parte, D. José Ignacio Tejerina Alfaro, Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid, en virtud del
Decreto 140/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno por el que se dispone su nombramiento (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 159, de 6 de julio de 2023),
actuando conforme a las atribuciones que le confiere la Orden 369/2022, de 24 de febrero,
por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se
desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los
miembros de las mesas de contratación de la Consejería (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 53, de 3 de marzo de 2022) y de lo establecido en el Decreto 48/2019,
de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional en
la Comunidad de Madrid.
De otra parte, Dña. Ángela Rojo del Águila, Presidenta de la Cámara Agraria de la Comunidad de Madrid en virtud del nombramiento producido en la sesión constitutiva de día 25
de abril de 2019 y, actuando conforme a las atribuciones que le confiere el artículo 10.4.j) de
la Ley 6/1998, de 28 de mayo, de Régimen Jurídico de la Cámara Agraria de la Comunidad
de Madrid.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen capacidad legal suficiente para la firma del presente convenio y con esta finalidad.

I. Que el artículo 26.3.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid,
otorga a esta, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y
la política monetaria del Estado, la competencia en materia de agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias. El artículo 4 de la Ley 6/1998, de 28 de mayo, de Régimen Jurídico de la Cámara Agraria de la Comunidad de Madrid, establece que la Comunidad de
Madrid ejerce la tutela administrativa y económica sobre la Cámara Agraria a través de la
Consejería con competencias en materia de agricultura. Siendo la Dirección General de
Agricultura, Ganadería y Alimentación la que ostenta las competencias de la citada tutela,
de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 12.1 f) del Decreto 235/2023, de 6 de septiembre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en concordancia con el Decreto 38/2023, de 23 de
junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
II. Que la Cámara Agraria de la Comunidad de Madrid se configura como una Corporación de Derecho Público, dotada de personalidad jurídica propia y plena capacidad de
obrar para el cumplimiento de sus fines en la gestión de asuntos de interés general para las
comunidades agrarias.
III. Que, en el ejercicio de esta tutela económica por parte de la Comunidad de
Madrid, el artículo 14 a) de la citada Ley 6/1998, establece que la Cámara Agraria contará,
para el cumplimiento de sus fines, con las subvenciones que con esta finalidad se aprueben
anualmente en los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid. Si bien, los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2022 están prorrogados, en virtud del

BOCM-20240122-36

EXPONEN