D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240111-15)
Convenio –  Convenio de colaboración de 30 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Daganzo de Arriba, para articular la atención a personas mayores en el Centro de Día Municipal de personas mayores de la Villa de Daganzo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 9

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE ENERO DE 2024

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b) Seguimiento telemático y adaptación al ámbito domiciliario por parte del trabajador social de las actividades programadas de atención social:
— Apoyo, información y asesoramiento social sobre otros recursos que permitan
mejorar su atención y la de la familia, con especial atención al restablecimiento de relaciones con el entorno familiar cuando se haya deteriorado.
— Información sobre actividades culturales, recreativas y de relación social.
— Coordinación con otros servicios del entorno comunitario que incidan en la
atención en el domicilio.
— Seguimiento y adaptación en el ámbito domiciliario del programa de prevención, detección y atención a situaciones de soledad no deseada.
— Seguimiento y tratamiento adaptado al ámbito domiciliario del programa de
prevención, detección y atención a situaciones de abuso o maltrato.
— Contactos telemáticos periódicos con los familiares de los usuarios para la comunicación de incidencias detectadas y fomentar su participación en el desarrollo de las actividades en el ámbito domiciliario.
6.2. El personal para atender este servicio debe ser tal que asegure la ratio mínima
de 0,09 de los profesionales de atención directa: enfermera/o, gerocultores, fisioterapeuta,
terapeuta ocupacional y trabajador/a social.
6.3. El seguimiento se realizará de manera que se garantice la atención a los usuarios
en los horarios y días de lunes a viernes no festivos tal y como se presta el servicio original, en función de la intensidad del servicio que venía recibiendo cada usuario.
6.4. El centro deberá acreditar las actividades realizadas por medio del trabajo a distancia mediante la siguiente documentación acreditativa, sin perjuicio de la facultad de la
Administración de solicitar cualquier otra para la comprobación del servicio prestado:
1. El plan individualizado de teletrabajo de cada uno de los usuarios a atender donde se refleje la atención necesaria, con expresa mención de las tareas a desarrollar por los
profesionales de atención directa y los medios utilizados.
2. La relación nominativa diaria de los usuarios a los que se ha prestado la atención
telemática, profesionales que han intervenido y tiempo dedicado por cada uno de ellos.
3. Registro diario de las atenciones prestadas y las actividades realizadas con los
usuarios y/o sus familias y las incidencias acaecidas en su caso.

1. Protocolos conforme al modelo de atención centrada en la persona
El centro deberá utilizar protocolos y registros normalizados en la realización de las actividades y prestación de los servicios contemplados en el anexo I y deberá garantizar la formación oportuna de los trabajadores en los protocolos y registros, que les afecten por su categoría profesional. Estos protocolos deberán orientarse, de acuerdo a las posibilidades del
centro, a un “Modelo de Atención Centrada en la Persona”. Los registros consistirán en libros
o programas informáticos que garanticen la no modificación posterior a la anotación.
Como mínimo se deberá disponer y utilizar los siguientes protocolos y registros:
1.1. Protocolos:
1. Acogida, información y orientación para el ingreso a usuarios y familiares (Esta
información será facilitada al usuario y a los familiares autorizados a través de medios electrónicos o soporte digital.)
2. Alimentación e hidratación.
3. Higiene y cuidado personal.
4. Eliminación e incontinencia.
5. Preparación y administración de medicación.
6. Prevención y detección de UPP.
7. Prevención de las caídas. Se contemplará de forma específica el registro y seguimiento de usuarios con alto riesgo de caídas.
8. Gestión y control de medidas de sujeción.
9. Cuidados de usuarios con sonda vesical.
10. Cuidados de usuarios con sonda nasogástrica.
11. Actuación con personas con trastornos conductuales.
12. Actuaciones a seguir ante la aparición de enfermedades de declaración obligatoria y brotes epidémicos.
13. Traslado a servicios de urgencias.

BOCM-20240111-15

D) Protocolos, registros y planes de actuación