D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240111-15)
Convenio –  Convenio de colaboración de 30 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Daganzo de Arriba, para articular la atención a personas mayores en el Centro de Día Municipal de personas mayores de la Villa de Daganzo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 9

Debe incluir como mínimo:
a) Apoyo, información y asesoramiento social sobre otros recursos que permitan mejorar su atención y la de la familia, con especial atención al restablecimiento de relaciones con el entorno familiar cuando se haya deteriorado.
b) Dinamización de la vida de los usuarios fuera del centro. Promoción de actividades culturales, recreativas y de relación social, elaborando un calendario anual de
actividades.
c) Apoyar en la integración en el Centro.
d) Acompañar al usuario en su adaptación a través del profesional de referencia.
e) Promover actuaciones de coordinación y trabajo del centro del entorno comunitario, así como de cooperación con otros servicios sociales recibidos.
f) Promover actividades de participación y de concienciación colectiva a través del
voluntariado social.
g) Promover actividades inter generacionales y con el exterior en la programación.
Igualmente deberá incorporar los siguientes programas específicos
Programa de prevención, detección y atención a situaciones de soledad no deseada:
El centro dispondrá de un proyecto de prevención, detección y atención a situaciones
de soledad no deseada por parte de las personas usuarias del servicio. Este programa deberá contemplar, al menos:
— Evaluaciones individuales para la detección y valoración de todos los usuarios con
un enfoque multidisciplinar.
— Previsión de medidas de apoyo e intervención de las situaciones detectadas.
— Previsión de medidas encaminadas a dar visibilidad a este problema y capacitar a
familias y profesionales a actuar para su prevención, detección y atención.
— Registro de casos y de actuaciones realizadas (tanto propias como, en su caso, de
otros implicados).
Programa de prevención, detección y atención a situaciones de abuso o maltrato:
El centro dispondrá un programa propio de prevención, detección y atención a situaciones de abuso o maltrato de las personas usuarias del servicio. Este deberá contemplar:
— Evaluaciones individuales para la detección y valoración de todos los usuarios con
un enfoque multidisciplinar.
— Previsión de medidas de apoyo e intervención de las situaciones detectadas.
— Previsión de medidas encaminadas a dar visibilidad a este problema y capacitar a
familias y profesionales a actuar para su prevención, detección y atención.
— Registro de casos y de actuaciones realizadas (tanto propias como, en su caso, de
otros implicados).
2. El centro facilitará a la Dirección General, al inicio del contrato, y en enero de
cada uno de los años de vigencia del contrato, el calendario de actividades programadas.
3. Se mantendrán relaciones y contactos periódicos con los familiares o allegados de
los usuarios y se comunicará, en su caso, las incidencias de interés producidas en la jornada. Se establecerá un sistema de comunicación diaria, a través de agenda o similar, para dar
traslado a las familias de las incidencias de interés producidas en la jornada, debiendo dejar constancia escrita de dicha comunicación. También se podrán utilizar soportes electrónicos para prestar esta información
4. El modelo de relación con los familiares contemplará con una periodicidad, al menos semestral, la comunicación con los familiares acerca de la evolución de los usuarios,
basándose en el trabajo y los informes elaborados por el Equipo Interdisciplinar.
5. Cuando se produzca una incidencia significativa en la situación de los usuarios, el
centro comunicará los hechos de forma inmediata a los familiares. La información podrá
facilitarse de forma presencial, telefónica o telemática, dejando siempre constancia de su
contenido, de la forma de comunicación y de la acreditación de su recepción. La responsabilidad de transmitir información relevante a los familiares deberá estar claramente asignada en la descripción de las funciones de los puestos de trabajo.
4. Servicio de transporte adaptado:
a) Objeto del servicio:
El centro prestará el servicio de transporte a los usuarios que tengan asignado este
servicio.

BOCM-20240111-15

BOCM