D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240110-44)
Convenio –  Convenio de colaboración de 30 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Navalafuente, para articular la atención a personas mayores en el Centro Municipal de Día de Navalafuente
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 8

El servicio de comedor será abonado por los usuarios. El centro facturará directamente al usuario el importe del servicio de comedor, siendo a su cargo cualquier
diligencia de cobro que deba realizar. La Consejería fijará el precio del servicio de
comedor y, en su caso, las actualizaciones del mismo que procedan.
El usuario/a deberá aportar el coste del servicio de comedor mientras se encuentre
dado de alta en el mismo, a excepción de enfermedad debidamente justificada mediante informe médico (al centro de día).
Durante los períodos de vacaciones o ausencias permitidas (45 días al año), así
como las ausencias temporales debidamente justificadas, no se cobrará el servicio
de comedor a los usuarios. Las ausencias deberán ser comunicadas al centro con
la debida antelación. El Reglamento de Régimen Interno fijará el plazo en el que
se deberán comunicar al centro de día las ausencias mencionadas.
C) Servicios básicos incluidos en la prestación de atención en centro de día
El centro de día garantizará, al menos, los siguientes servicios, programas y prestaciones
y aportará los medios materiales y personales necesarios para hacer efectivos los mismos.
Todos estos servicios, programas y prestaciones se realizarán conforme a los requerimientos que a continuación se describen, siendo responsabilidad del centro su cumplimiento y facilitando a estos efectos la labor de supervisión y control de los servicios por parte de
los técnicos y resto de personal de la Consejería:
1. Manutención y estancia diurna.
2. Apoyo y cuidado personal del usuario desde los principios de seguridad, flexibilidad y accesibilidad.
3. Atención gerontológica, de habilitación funcional y atención social.
4. Transporte adaptado.
5. Otros servicios.
6. Servicio de Atención telemática.
El modelo de Atención Centrado en la Persona (ACP) será la referencia básica de trabajo en estos centros. Este modelo se aleja de otros modelos de cuidados donde la atención
viene determinada por procedimientos uniformes derivados de necesidades asociadas a clasificaciones de enfermedades y grados de dependencia y por condicionantes organizativos.
Implica, en primer lugar, una visión de las personas mayores que parte del reconocimiento
de su valor y singularidad, que fija su mirada en las capacidades, frente a los déficits, y que
apoya la autodeterminación de las personas. Es un modelo de atención que busca y prioriza la calidad de vida de las personas mayores que precisan cuidados.
La prestación del servicio y sus objetivos se realizará, pues, conforme a este modelo
de atención, buscando cuidar de forma que las personas puedan seguir teniendo control en
su entorno, en sus cuidados y en su vida cotidiana, desarrollando sus capacidades y sintiéndose bien, priorizando conceptos como la autodeterminación, las relaciones personales, la
inclusión social, así como las expectativas y deseos de las personas.
El funcionamiento del centro de día será de lunes a viernes, en días laborables, durante todo el año, con un horario de actividad comprendido entre las 8:00 y las 18:30 horas, si
bien los usuarios que no hagan uso del servicio de transporte podrán acceder al centro entre las 8:00 y las 11:00 horas y salir entre las 17:00 y las 18:30 horas, previa comunicación
al centro con la suficiente antelación.
Manutención y estancia diurna
a) Manutención:
Los menús se adaptarán a los problemas de salud, siguiendo las líneas de la Atención Centrada en la Persona, respetando en lo posible los gustos y las razones religiosas o de otra índole que así lo requieran, en todo caso cumpliendo las siguientes condiciones básicas:
1.o Se servirán tres comidas (desayuno, comida y merienda).
2.o Los menús deberán ser supervisados y suscritos por un médico o nutricionista, debiendo garantizar la cantidad, calidad, el aporte calórico y dietético adecuado distribuido en las distintas tomas a lo largo del día, en relación con el
valor calórico total, así como que las proporciones de los alimentos sean los
adecuados para garantizar la calidad. Los menús deberán ser variados en todas las tomas, con una presentación atractiva, teniendo en cuenta, en la medi-

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