D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240110-39)
Convenio –  Convenio de colaboración de 30 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Campo Real, para articular la atención a personas mayores en el Centro de Día municipal de personas mayores Campo Real
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 8

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE ENERO DE 2024

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indemnizaciones que se puedan causar como consecuencia de la actividad del centro de día
(por él mismo o sus dependientes).
F) Coordinación, control, supervisión e información de la prestación del servicio
Deberán designar un director/coordinador del servicio a su cargo, quien coordinará y
supervisará su prestación. Dicho responsable recibirá y ejecutará las indicaciones que la
Consejería estime oportuno impartir en relación con la prestación del servicio y deberá tener atribuciones suficientes para adoptar, en su caso y al momento, las decisiones necesarias para asegurar el buen funcionamiento del mismo.
El centro viene obligado a informar a la Consejería, a través del director/coordinador
del servicio, en el mismo día en que se produzca, sobre cualquier incidencia significativa
que surja en el desarrollo y la prestación del servicio y a facilitar puntualmente cuanta información le sea requerida en relación con la misma.
En la organización y funcionamiento del centro deberá preverse la existencia de una
figura con atribuciones suficientes para que, en ausencia del director/a asuma la representación del centro ante el personal, los usuarios, sus familiares y la Consejería.
El centro se obliga a ejecutar las indicaciones de la Consejería en todos aquellos aspectos relacionados con los signos de identidad corporativa o institucional en el edificio del
centro, así como en los vehículos utilizados para el transporte de los usuarios y en la documentación y divulgación que se realice sobre las actividades y servicios que se prestan con
cargo al presente convenio.
El centro realizará, con carácter anual, una memoria sobre el servicio de centro de día
que incluirá todas las actividades y programas realizados en el mismo. Será remitida en formato electrónico a la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia antes de
la finalización del mes de enero del año posterior al ejercicio al que se refiera.
El personal designado por la Consejería podrá visitar el centro en cualquier momento
para comprobar que, tanto en lo relativo a sus instalaciones como en el funcionamiento de
los servicios, estos se ajustan a lo establecido en el presente convenio y en la normativa vigente sobre la materia.
El centro deberá facilitar a la unidad correspondiente de la Consejería, toda la información que le sea requerida para el control y seguimiento del correcto cumplimiento de las
condiciones establecidas en este pliego.
La elaboración y publicación de estudios o cualquier otro trabajo que el centro desee
llevar a cabo utilizando información obtenida como consecuencia de la prestación del servicio, necesitará la previa autorización de la Consejería.
ANEXO II
ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la
información suministrada y creada entre ellas.
Primera

La Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia de la Consejería de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid tendrá la consideración
de Responsable del Tratamiento y el Ayuntamiento de Campo Real, tendrá la consideración
de Encargado del Tratamiento, conforme a lo establecido en los artículos 28 y 29 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016,
relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante, RGPD), así como en el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y en el resto de normativa vigente en la materia.
En consecuencia, el acceso a datos de carácter personal en el marco de este convenio,
se realiza con el único fin de dar cumplimiento al objeto del mismo y no se considerará
como una cesión o comunicación de datos.

BOCM-20240110-39

Responsable y encargado del tratamiento