Olmeda de las Fuentes (BOCM-20240109-60)
Organización y funcionamiento. Ordenanza condiciones estéticas suelo urbano
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 7

BOCM-20240109-60

3. Se modifica el párrafo cuarto Artículo 27.o Deber de conservación, de tal manera que:
Donde dice:
“…
Los usuarios de actuaciones sobre la vía pública, como apertura de zanjas para instalaciones, estarán obligados a reparar los desperfectos ocasionados bajo supervisión municipal, quedando totalmente prohibida la actuación sobre la vía pública sin contar con la
autorización y supervisión correspondiente…”.
Debe decir:
“…
Los usuarios de actuaciones sobre la vía pública, como apertura de zanjas para instalaciones, estarán obligados a reparar los desperfectos ocasionados bajo supervisión municipal,
quedando totalmente prohibida la actuación sobre la vía pública sin contar con la autorización y supervisión correspondiente, previa presentación de la fianza correspondiente…”.
Contra el presente acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Olmeda de las Fuentes, a 19 de diciembre de 2023.—La alcaldesa-presidenta, María
Teresa Roldán Prieto.
(03/21.880/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791