D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240109-36)
Convenio –  Convenio de colaboración de 31 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón, para la realización del proyecto “Seminario dentro del Máster Universitario en Cooperación Internacional y Gestión de Políticas Públicas, Programas y Proyectos de Desarrollo”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 7

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE ENERO DE 2024

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derecho administrativo, los principios de buena administración y el ordenamiento jurídico
en general.
También el convenio cumple con los requisitos establecidos en el Decreto 48/2015 de
10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la
Comunidad de Madrid.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y en lo no previsto en él se regirá por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Decimosegunda
Confidencialidad y protección de datos personales
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal
durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
La Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid y
la Fundación José Ortega Y Gasset-Gregorio Marañón se informan recíprocamente de que
los datos personales que se recogen en virtud de este convenio, incluidos los datos del personal al servicio de una de las partes a los que la otra pueda tener acceso durante el desarrollo del mismo, serán tratados por la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
de la Comunidad de Madrid o por la Fundación José Ortega Y Gasset-Gregorio Marañón,
respectivamente, como responsables del tratamiento, con la única finalidad de gestionar la
relación del presente convenio.
Las partes mantendrán la confidencialidad en el tratamiento de todos los datos personales facilitados por cada una de ellas y de la información, de cualquier clase o naturaleza,
resultante de la ejecución del presente convenio.
Las partes firmantes están obligadas a implantar medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y eviten
su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Se informa a las personas físicas firmantes, y aquellas cuyos datos resulten necesarios
gestionar para llevar a buen fin el presente Convenio, que sus datos serán tratados conforme la normativa vigente por la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, en la
actividad de tratamiento “Convenios Administrativos”. Para ejercer sus derechos, podrán
dirigirse a la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales mediante una solicitud firmada, presentada ante el Registro correspondiente, o bien contactar al delegado de protección de datos en protecciondatos-psociales@madrid.org
Decimotercera
Cuestiones litigiosas

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
convenio de colaboración, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente
a la de la firma electrónica de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de fecha en la firma,
a la que figure en el encabezamiento.
Madrid, a 31 de noviembre de 2023.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—La Apoderada de la Fundación Ortega y
Gasset-Gregorio Marañón, Lucía Sala Silveira.

BOCM-20240109-36

Las discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio, deberán solventarse en el seno de la comisión de seguimiento prevista en la cláusula decimosegunda.
Si no se llegara a un acuerdo, las cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso administrativo de Madrid.