Aranjuez (BOCM-20240108-63)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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B.O.C.M. Núm. 6

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 8 DE ENERO DE 2024

— Para un ahorro energético conseguido con la actuación entre el 45 por 100 y el
60 por 100:
• Porcentaje máximo de la subvención del coste de la actuación: 65 por 100.
• Cuantía máxima de la ayuda por vivienda: 14.500,00 euros.
• Cuantía máxima de la ayuda por m2 de local: 130 euros.
— Para un ahorro energético conseguido con la actuación superior al 60 por 100:
• Porcentaje máximo de la subvención del coste de la actuación: 80 por 100.
• Cuantía máxima de la ayuda por vivienda: 21.400,00 euros.
• Cuantía máxima de la ayuda por m² de local: 192 euros.
Cuando se identifiquen situaciones de vulnerabilidad económica en alguno de los propietarios o usufructuarios de las viviendas incluidas en el edificio objeto de rehabilitación, se
podrá conceder una ayuda adicional, que se tramitará en expediente aparte, y que podrá alcanzar hasta el 100 por 100 del coste de la actuación imputable a dicho propietario o usufructuario. Esta ayuda deberá solicitarse de forma exclusiva para el propietario o usufructuario de la
vivienda afectado, con el límite de la cuantía máxima de subvención por vivienda en situación de vulnerabilidad económica indicada en la siguiente relación y de acuerdo con los criterios establecidos y condicionada, en todo caso, al cumplimiento de los requisitos en materia de eficiencia energética fijados en esta convocatoria y el Real Decreto 853/221, de 5 de
octubre:
— Para un ahorro energético conseguido con la actuación entre el 30 por 100 y el
45 por 100:
• Cuantía máxima de la ayuda por vivienda: 20.250,00 euros.
— Para un ahorro energético conseguido con la actuación entre el 45 por 100 y el
60 por 100:
• Cuantía máxima de la ayuda por vivienda: 22.308,00 euros.
— Para un ahorro energético conseguido con la actuación superior al 60 por 100:
• Cuantía máxima de la ayuda por vivienda: 26.750,00 euros.
Las ayudas adicionales por situaciones de vulnerabilidad económica solo se concederán
en edificios plurifamiliares y excepcionalmente, en aquellos casos de viviendas unifamiliares
que constituyan una comunidad de bienes, de propietarios o similar, y la ejecución de la obra
o el pago de la actuación propuesta no sea viable sino se lleva a cabo de forma solidaria.
Se considera unidad de convivencia al conjunto de personas que habitan y disfrutan de
una vivienda de forma habitual y permanente y con vocación de estabilidad, con independencia de la relación existente entre todas ellas. Por ello, se computarán como miembros de
la misma aquellas personas que se encuentren empadronadas en la misma al menos un año
antes del día del inicio del plazo de presentación de solicitudes, excepto los menores de
edad, que se computarán como miembros en todo caso.
Se considerará que una unidad de convivencia está en situación de vulnerabilidad, a
los efectos de aplicación de los artículos 15.2 y 34.3 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, cuando la suma de los ingresos de todos sus miembros sea inferior al número de veces el IPREM (14 pagas) que se indica a continuación:
— Unidad de convivencia sin menores o sin personas con grado de discapacidad
igual o superior al 33 por 100: hasta 2,0 veces el IPREM.
— Unidad de convivencia con un menor o una persona con grado de discapacidad
igual o superior al 33 por 100: hasta 2,5 veces el IPREM.
— Unidad de convivencia con dos menores o personas con grado de discapacidad
igual o superior al 33 por 100: hasta 2,7 veces el IPREM.
— Unidad de convivencia con tres o más menores o personas con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100: hasta 3 veces el IPREM.
En todo caso, el importe de esta ayuda deberá destinarse exclusivamente a sufragar los
gastos de intervención.
Si la vivienda fuese objeto de transmisión en los cinco años siguientes a la recepción
de la ayuda complementaria deberá reintegrarse el importe de esta ayuda más los correspondientes intereses de demora.
En aquellos casos en los que haya que proceder a la retirada de elementos con amianto, podrá incrementarse la cuantía máxima de la ayuda en la cantidad correspondiente a los
costes debidos a la retirada, la manipulación, el transporte y la gestión de los residuos de

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