D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240105-45)
Convenio –  Convenio de colaboración de 30 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Griñón, para articular la atención a personas mayores en el centro de día municipal de personas mayores de Griñón
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 4

En cualquier caso, el centro asegurará la administración de tratamientos farmacológicos específicos prescritos y documentados en pauta médica actualizada, en
caso de que cualquier usuario lo necesite.
Los servicios sanitarios integrados en el centro se prestarán de acuerdo con lo regulado en la Orden 1158/2018, de 7 de noviembre, de la Consejería de Sanidad,
por la que se regulan los requisitos técnicos generales y específicos de los centros
y servicios sanitarios sin internamiento, de los servicios sanitarios integrados en
una organización no sanitaria y de la asistencia sanitaria prestada por profesionales sanitarios a domicilio en la Comunidad de Madrid, o normativa que la sustituya.
Este programa deberá incluir mecanismos y protocolos de coordinación con la
Atención Primaria de Salud a través de los centros correspondientes a cada uno de
los usuarios. Igualmente deberá contemplar protocolos de actuación en caso de urgencia sanitaria.
3.3. Programa de atención social.
Este programa incluirá entre sus actividades el diseño de intervención social, la
atención a las necesidades sociales de los usuarios, la promoción de la integración
y participación en la vida del Centro, y las relaciones con los familiares de los
usuarios.
Debe incluir como mínimo:
a. Apoyo, información y asesoramiento social sobre otros recursos que permitan
mejorar su atención y la de la familia, con especial atención al restablecimiento de relaciones con el entorno familiar cuando se haya deteriorado.
b. Dinamización de la vida de los usuarios fuera del centro. Promoción de actividades culturales, recreativas y de relación social, elaborando un calendario
anual de actividades.
c. Apoyar en la integración en el Centro.
d. Acompañar al usuario en su adaptación a través del profesional de referencia.
e. Promover actuaciones de coordinación y trabajo del centro del entorno comunitario, así como de cooperación con otros servicios sociales recibidos.
f. Promover actividades de participación y de concienciación colectiva a través
del voluntariado social.
g. Promover actividades intergeneracionales y con el exterior en la programación.
Igualmente deberá incorporar los siguientes programas específicos.
Programa de prevención, detección y atención a situaciones de soledad no deseada.
El centro dispondrá de un proyecto de prevención, detección y atención a situaciones de soledad no deseada por parte de las personas usuarias del servicio. Este programa deberá contemplar, al menos:
— Evaluaciones individuales para la detección y valoración de todos los usuarios con un enfoque multidisciplinar.
— Previsión de medidas de apoyo e intervención de las situaciones detectadas.
— Previsión de medidas encaminadas a dar visibilidad a este problema y capacitar a familias y profesionales a actuar para su prevención, detección y atención.
— Registro de casos y de actuaciones realizadas (tanto propias como, en su caso,
de otros implicados).
Programa de prevención, detección y atención a situaciones de abuso o maltrato.
El centro dispondrá un programa propio de prevención, detección y atención a situaciones de abuso o maltrato de las personas usuarias del servicio. Este deberá
contemplar:
— Evaluaciones individuales para la detección y valoración de todos los usuarios con un enfoque multidisciplinar.
— Previsión de medidas de apoyo e intervención de las situaciones detectadas.
— Previsión de medidas encaminadas a dar visibilidad a este problema y capacitar a familias y profesionales a actuar para su prevención, detección y atención.
— Registro de casos y de actuaciones realizadas (tanto propias como, en su caso,
de otros implicados).
2. El centro facilitará a la Dirección General, al inicio del contrato, y en enero de
cada uno de los años de vigencia del contrato, el calendario de actividades programadas.

BOCM-20240105-45

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