D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240105-23)
Convenio –  Convenio de 1 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, para impulsar la tramitación de proyectos de inversiones a través de la Aceleradora de Inversiones de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 4

VIERNES 5 DE ENERO DE 2024

Pág. 105

CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto definir los términos de la colaboración entre la
Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y el
Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón con el fin último de agilizar la tramitación de los proyectos considerados de interés para la región, que vayan a ubicarse en su término municipal.
Segunda
Compromisos de las partes
Por parte de la Comunidad de Madrid:
1. Informar al ayuntamiento de los proyectos que fueran susceptibles de ser considerados de especial interés para la Comunidad de Madrid que pretendan ubicarse en su término municipal.
2. Remitir a la corporación local la solicitud y resto de documentación asociada al
proyecto que permita su estudio y la determinación de los procedimientos administrativos
asociados al mismo.
3. Convocar al representante designado por la corporación local para formar parte de
la Unidad Técnica de Aceleración de Inversiones en aquellos proyectos que fueran susceptibles de ser considerados de interés.
4. Nombrar a la persona encargada de la interlocución con la entidad local.
5. Promover medidas efectivas que reviertan en una reducción de los plazos en la tramitación de los procedimientos implicados en la instalación del proyecto puesta en marcha
o consolidación de iniciativas empresariales de interés para la Aceleradora.
1. Designar dos representantes que ejerzan la interlocución con la Aceleradora y que
participen, previa convocatoria, en la Unidad Técnica de Aceleración de Proyectos de Inversión y en las reuniones de la Aceleradora.
2. Comunicar a la Aceleradora los proyectos de inversión susceptibles de cumplir
con los criterios establecidos en el artículo 8 del Decreto, que hayan manifestado interés en
ubicarse en su término municipal, facilitando los contactos entre el promotor del mismo y
la Aceleradora.
3. Poner en conocimiento de la Aceleradora el conjunto de trámites municipales preceptivos, que puedan estar implicados en la instalación y puesta en marcha del proyecto, así
como sobre cualquier otra materia que pueda ser de interés para su tramitación.
4. Coordinarse con la Unidad Técnica de Aceleración de Inversiones para realizar el
análisis de los procedimientos afectados y realizar el seguimiento de los proyectos de inversión en su tramitación. Con este fin y previa autorización del promotor del proyecto, remitirá a la Aceleradora cualquier notificación o información originada en la tramitación de
los procedimientos administrativos de la corporación local en relación con dicho proyecto.
5. Acordar la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia y despacho
prioritario de los proyectos que, cumpliendo los requisitos del artículo 8 del Decreto hayan
sido declarados de interés.
6. Promover medidas efectivas que reviertan en una reducción de los plazos en la tramitación de los procedimientos implicados en la instalación del proyecto puesta en marcha
o consolidación de iniciativas empresariales de interés para la Aceleradora.
7. Informar, para el caso de que el proyecto tenga impacto urbanístico (entendido
este como aquellas actuaciones que transforman el suelo para su uso, construcción o edificación), que la actuación pretendida cumple con la normativa urbanística y sectorial que le
pudiera afectar.

BOCM-20240105-23

Por parte del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón: