Navacerrada (BOCM-20240104-81)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 3

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE ENERO DE 2024

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BOCM-20240104-81

presentar en el Registro la correspondiente solicitud hasta el 31 de enero del ejercicio en el
que se pretende su aplicación (las presentadas con posterioridad tendrán efectos en el ejercicio siguiente), domiciliar el pago y no mantener con el Ayuntamiento de Navacerrada
deudas pendientes de pago en período ejecutivo a fecha 1 de enero del ejercicio en el que se
pretende su aplicación, salvo que estuviesen suspendidas o sobre las mismas se hubiese concedido aplazamiento o fraccionamiento de pago. El cargo en cuenta se realizará los días 5 de
los meses comprendidos entre marzo y octubre de 2024.
Por último, la Alcaldía podrá modificar el calendario cuando por motivos de índole
técnica, debidamente justificados, impidan la gestión de los recursos económicos señalados
en las fechas indicadas, informando a los interesados con la suficiente antelación.
Navacerrada, a 20 de diciembre de 2023.—El alcalde, Pablo Luis de Todos los Santos
Jorge Herrero.
(01/21.490/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791