C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240104-17)
Delegación funciones –  Orden 1494/2023, de 15 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se delegan determinadas funciones del Organismo Pagador de los gastos financiados por los Fondos Europeos Agrícolas, en el Marco del PEPAC 2023-2027, en la Dirección General de Reequilibrio Territorial de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 3

Intervención 7119: Cooperación LEADER.
Por todo lo anterior, se considera necesario proceder a la delegación de determinadas
funciones del organismo pagador (en concreto las de autorización y control de los pagos de
conformidad con la normativa europea, necesarias para verificar la realidad de los hechos
que sirven de base a los pagos de las ayudas comunitarias) en la Dirección General de Reequilibrio Territorial.
En consecuencia, haciendo uso de las facultades conferidas por el artículo 52 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, a propuesta de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación,
RESUELVO
Primero
Objeto
1. Delegar en la Dirección General de Reequilibrio Territorial, las actuaciones de
autorización y control de los pagos de conformidad con la normativa de la Unión Europea,
necesarias para verificar la realidad de los hechos que sirven de base a los pagos de las intervenciones a las que afecta la presente Orden, mediante la realización de controles administrativos.
2. Establecer las condiciones en las que se desarrollarán las funciones a las que se refiere el apartado anterior.
3. La intervención recogida en el PEPAC 2023-2027 que se delega en la Dirección
General de Reequilibrio Territorial es:
— Intervención 7119: Cooperación LEADER.
Segundo
Procedimientos de coordinación del Organismo Pagador
La Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en tanto que es responsable
de la gestión eficaz de los Fondos Europeos Agrícolas, establecerá, a través de la Dirección
General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, los procedimientos de coordinación correspondientes con las distintas unidades del Área Técnica que lo integran, al objeto de garantizar el cumplimiento de los criterios de autorización y funcionamiento del Organismo
Pagador, así como los relativos a la contabilidad y comunicación de la información contable al Organismo Coordinador a nivel nacional y a la Comisión.
Estos procedimientos de coordinación estarán contenidos en los Manuales de Procedimiento Generales, que se dividirán en manuales que incorporarán aspectos financieros
(Manual de Procedimientos de Coordinación Financiera, MPCF), y en manuales de coordinación de aspectos generales (Manual de Procedimientos Generales de Coordinación,
MPGC), del Organismo Pagador.
Tercero
La Dirección General de Reequilibrio Territorial, en su condición de órgano delegado,
dispone de estructura organizativa, medios personales y materiales, procedimientos escritos con las funciones y responsabilidades de sus efectivos, adecuada y suficiente para atender las atribuciones delegadas y las obligaciones correspondientes.
Estos requisitos deben ser documentados e informados anualmente, al inicio del ejercicio presupuestario, por el órgano delegado, a la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, indicando explícitamente que se dispone de ellos y especificando los
mismos.

BOCM-20240104-17

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