D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240104-56)
Convenio –  Convenio de 29 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Comité Olímpico Español para la colaboración en la realización del proyecto “Tod@s Olímpic@s”
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 3

complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, el deber de confidencialidad, las medidas de seguridad, y la notificación de brechas de seguridad que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente
acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el encargado del mismo, si lo hubiera.
Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar
en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.
Sin perjuicio de lo anterior, se informa a las partes firmantes, así como a aquellas otras
que hubieran de intervenir para la gestión de la relación convencional y comunicación entre las partes, que sus datos personales serán tratados en los siguientes términos:
— Información sobre el tratamiento de datos que realiza la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte: La gestión de datos personales del presente convenio está asociada a la actividad de tratamiento denominada «convenios administrativos»,
cuyo Responsable es la Dirección General de Deportes de la citada Consejería, y
cuya finalidad es la «Tramitación, ejecución y seguimiento de convenios administrativos suscritos con otras Administraciones Públicas, organismos públicos, entidades de derecho público y universidades públicas o con sujetos de derecho privado, dentro del ámbito competencial de la Dirección General». Pueden ejercer
los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento, dirigiendo una solicitud por Registro al Responsable del tratamiento, teniendo a su disposición el formulario:
d https://tramita.comunidad.madrid/prestacion-social/ejercicio-derechos-proteccion-datos.
— Disponen de información complementaria en el siguiente enlace:
d https://www.comunidad.madrid/protecciondedatos.
— Información sobre el tratamiento de datos que realiza el COE: La gestión de datos
personales del presente convenio estarán incluidos en el registro de actividad del
tratamiento de titularidad del COE con la finalidad de la tramitación, ejecución y
seguimiento del presente Convenio y el mantenimiento de la correspondiente relación institucional, así como para realizar los trámites de información/publicidad
que pueda ser de interés por cualquier medio electrónico, en base al interés legítimo. Pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad del tratamiento dirigiéndose al Departamento de Protección de datos en calle de Arequipa, 13, 28043 Madrid o al Tel: 913 81 55 00 correo
electrónico protecciondedatos@coe.es y por supuesto a través de www.coe.es en
su aviso legal y política de privacidad. La conservación de los datos se mantendrá
mientras dure la relación entre las partes y siempre hasta que la legislación lo indique y en el caso de algún tipo de incidencia cabe el ejercicio de los derechos correspondientes ante la Agencia Española de Protección de Datos.
— Los datos personales tratados no serán objeto de comunicación a terceros, salvo
para el cumplimiento de una obligación legalmente establecida, o en caso de que
el interesado otorgue su consentimiento.
Decimocuarta
El presente convenio se halla excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8
de noviembre, de Contratos del Sector Público, en virtud de lo establecido en el artículo 6.2
del mismo, quedando sujeto a las normas de derecho público que regulan los convenios, y
en concreto, a lo dispuesto en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno,
por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid y en el capítulo
VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
La Jurisdicción Contencioso-Administrativa será la competente para resolver cuantas
cuestiones litigiosas pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del presente convenio, dada su naturaleza administrativa.

BOCM-20240104-56

Naturaleza y jurisdicción