A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240103-1)
Plan estadística –  Decreto 272/2023, de 27 de diciembre, del Consejo de Gobierno, del Plan de Estadística de la Comunidad de Madrid 2024-2027
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BOCM

MIÉRCOLES 3 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 2

Línea 6. Intensificación del uso de registros administrativos y uso de fuentes Big Data
El Reglamento (UE) n.º 2015/759 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2015,
por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 223/2009, relativo a la estadística europea, que ha
introducido el artículo 17 bis otorga, a los institutos de estadística y demás organismos de la
estadística oficial, la facultad de acceder a todos los registros administrativos.
Junto con los métodos tradicionales de obtención primaria de datos estadísticos, se potenciará el
uso de registros administrativos y de fuentes Big data en las operaciones estadísticas del Plan
Estadístico de la Comunidad de Madrid, con el objetivo de reducir la carga de los informantes, de
los costes y del tiempo de obtención de resultados. En todos los casos se establecerán
procedimientos para que los datos de carácter personal sean tratados garantizando su seguridad,
integridad y confidencialidad.
Se debe realizar el máximo aprovechamiento de las nuevas tecnologías que vayan surgiendo, así
como fomentar la cooperación entre los órganos de la Administración para su utilización en la
producción estadística.
Línea 7. Integración de fuentes de datos estadísticos, sistema de datos integrados y
georreferenciación
La dirección general con competencias en materia de estadística impulsará un Sistema de Datos
Integrados, mediante la elaboración de datos maestros organizados en directorios y registros que
permitan el enlace de datos provenientes de diversas fuentes.
El Sistema de Datos Integrados debe facilitar los estudios territoriales, de manera que se permita
avanzar en el conocimiento del comportamiento geoespacial de los fenómenos objeto de estudio,
para lo que se potenciarán los procesos de georreferenciación de toda la información susceptible de
ser vinculada al territorio.
Línea 8. Difusión y Comunicación de datos estadísticos
La dirección general con competencias en materia de estadística potenciará la difusión de los
resultados de las operaciones estadísticas de forma clara y accesible, reconociendo las necesidades
de los distintos tipos de usuarios y fomentando y potenciando el uso de la información estadística
pública a todos niveles de la sociedad. Para ello incluirá en la difusión las metodologías y los
metadatos utilizados, así como los formatos que permitan a los usuarios la reutilización de los datos.

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