C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240103-21)
Instrucciones admisión alumnos – Resolución conjunta de 15 de diciembre de 2023, de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa, por la que se dictan instrucciones sobre la participación en el proceso de admisión de alumnos de primer ciclo de Educación Infantil en centros públicos y en centros privados, sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid, para el curso escolar 2024-2025
23 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 244
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 3 DE ENERO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 2
Apartado cuarto. Situación social
4.1. Por situaciones socio-familiares, no especificadas en este baremo, pero acordadas por el Servicio de Apoyo
a la Escolarización o el director del centro y, que supongan dificultades específicas para atender
adecuadamente al niño y que hagan especialmente necesaria su escolarización
hasta 2
puntos
4.2. Por otras situaciones no previstas en este baremo, debidamente justificadas y acordadas por el Servicio de
Apoyo a la Escolarización o el director del centro
hasta 1
punto
Solución de desempates
Para la solución de desempates en el resultado de la aplicación de este baremo, tendrán prioridad, por este orden:
1. Puntuación más alta en el apartado 2.1 del baremo
2. Niños con hermanos matriculados en el centro
3. Proximidad del domicilio o lugar de trabajo de los padres, madres o tutores legales
4. En el caso de que el empate continuara se resolverá mediante sorteo unificado
Nota 1.- Los centros harán públicos los criterios acordados por el director del centro o por el Servicio de Apoyo a la Escolarización que se valoran
en el apartado cuarto del baremo y facilitarán información a las familias al inicio del plazo de presentación de las solicitudes.
BOCM-20240103-21
Nota 2.- Las Administraciones titulares de casas de niños podrán solicitar a la Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial
prescindir de la valoración del apartado primero del presente baremo, cuando en el municipio exista oferta pública de primer ciclo de Educación
Infantil con jornada completa.
Pág. 244
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 3 DE ENERO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 2
Apartado cuarto. Situación social
4.1. Por situaciones socio-familiares, no especificadas en este baremo, pero acordadas por el Servicio de Apoyo
a la Escolarización o el director del centro y, que supongan dificultades específicas para atender
adecuadamente al niño y que hagan especialmente necesaria su escolarización
hasta 2
puntos
4.2. Por otras situaciones no previstas en este baremo, debidamente justificadas y acordadas por el Servicio de
Apoyo a la Escolarización o el director del centro
hasta 1
punto
Solución de desempates
Para la solución de desempates en el resultado de la aplicación de este baremo, tendrán prioridad, por este orden:
1. Puntuación más alta en el apartado 2.1 del baremo
2. Niños con hermanos matriculados en el centro
3. Proximidad del domicilio o lugar de trabajo de los padres, madres o tutores legales
4. En el caso de que el empate continuara se resolverá mediante sorteo unificado
Nota 1.- Los centros harán públicos los criterios acordados por el director del centro o por el Servicio de Apoyo a la Escolarización que se valoran
en el apartado cuarto del baremo y facilitarán información a las familias al inicio del plazo de presentación de las solicitudes.
BOCM-20240103-21
Nota 2.- Las Administraciones titulares de casas de niños podrán solicitar a la Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial
prescindir de la valoración del apartado primero del presente baremo, cuando en el municipio exista oferta pública de primer ciclo de Educación
Infantil con jornada completa.