C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240103-20)
Instrucciones admisión alumnos –  Resolución conjunta de 15 de diciembre de 2023, de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa, por la que se dictan instrucciones sobre la participación en el proceso de admisión de alumnos en centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, así como las etapas de educación especial en la Comunidad de Madrid para el curso 2024-2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 3 DE ENERO DE 2024

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manera global para cada etapa educativa. Todo ello sin perjuicio de la posterior matriculación de cada alumno en el curso que le corresponda por edad según lo dispuesto en la Orden 2808/2023, de 30 de julio.
4. De forma análoga al resto de alumnado con NEE, las solicitudes de admisión para
la modalidad de Educación Especial siempre irán dirigidas al centro elegido en primera opción y podrán presentarse a través de alguna de las opciones recogidas en la instrucción séptima. Incluirán de forma priorizada centros que cuenten con dicha modalidad de escolarización y en todos los casos se adjuntará el modelo Anexo V.
5. La escolarización de los alumnos con NEE en la modalidad de Educación Especial se realizará según lo establecido en el artículo 4 de la Orden 2808/2023, de 30 de julio
y de modo análogo al resto de solicitudes de alumnado con NEE se realizará por los SAE
de forma personalizada a través de la aplicación Raíces.
Decimotercera
Escolarización de alumnado con necesidad de compensación educativa
1. Las solicitudes de plaza escolar que hayan señalado la necesidad de compensación
educativa por desventaja social serán analizadas por el centro solicitado en primera opción.
Para su adjudicación, el centro realizará consulta al SAE y, de manera coordinada, resolverán al respecto.
2. Durante el proceso de adjudicación, las plazas reservadas para alumnado con necesidad de compensación educativa por desventaja social que no hayan sido necesarias para
resolver las solicitudes de dicho perfil decaerán como vacantes de reserva para este alumnado y se utilizarán para escolarizar al resto del alumnado solicitante de plaza escolar.
3. Con el fin de facilitar su escolarización y atención educativa, los alumnos solicitantes de plaza escolar que se encuentren en situación de acogimiento familiar debidamente acreditado por la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad o
cuya guarda o tutela sea ostentada por la citada Dirección General serán escolarizados con
cargo a la reserva de plaza del alumnado con necesidad de compensación educativa por desventaja social y se tendrá en cuenta la prioridad de centros solicitada por la familia de acogida o la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, según corresponda en cada caso.
En el caso de que la familia de acogida tenga algún hijo escolarizado en el centro, se
les aplicará la puntuación por el apartado de hermanos matriculados en el centro.
SECCIÓN QUINTA

Información para las familias
Decimocuarta
1. Previamente al inicio del proceso de presentación de solicitudes de admisión de
alumnos para el curso escolar 2024-2025, todos los centros sostenidos con fondos públicos
deberán hacer pública a través de las plataformas informativas de cada centro y de su página web la siguiente información con el fin de que las familias tengan acceso a la misma:
a) Las líneas básicas del proyecto educativo del centro que incluya, en su caso, el carácter propio.
b) Las normas de organización, funcionamiento y convivencia.
c) La relación de programas educativos que se desarrollan en el centro, de las actividades complementarias y extraescolares que tengan carácter habitual, los recursos personales y materiales con los que cuenta el centro para facilitar la atención educativa
de su alumnado, así como los servicios complementarios que ofrece el centro.
d) La información básica sobre el proceso de admisión, que incluirá:
— La oferta de vacantes prevista en la fecha de inicio del plazo de presentación
de solicitudes de admisión.
— Los supuestos y circunstancias aprobados por el centro para la adjudicación
del criterio complementario.
— La información relativa a las adscripciones de su centro en relación con otros
centros.
— La ubicación del SAE que corresponda al centro.

BOCM-20240103-20

Información para las familias en el proceso ordinario de admisión