C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20240102-19)
Delegación competencias –  Orden de 27 de diciembre de 2023, del titular de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias en diversos órganos de la misma y se desconcentra el protectorado de fundaciones
8 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 120

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 2 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 1

e) La autorización de las comisiones de servicio con derecho a indemnización por razón de servicios que se encomienden al personal de la Agencia de Vivienda
Social, reguladas por el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
f) La distribución y concesión del complemento de productividad del personal adscrito, de conformidad con lo establecido en el artículo 74.c) de la Ley 1/1986, de 10 de
abril, de Función Pública de la Comunidad de Madrid.
2.

En materia de modificaciones presupuestarias:

a) La prestación de conformidad a la solicitud en las modificaciones presupuestarias,
una vez propuestas por el responsable del programa presupuestario.
b) La realización de modificaciones presupuestarias por ejecución de sentencias firmes en materia de personal.
3.

En materia de régimen jurídico:

La resolución de las reclamaciones de responsabilidad patrimonial en las materias de
su competencia.
4.

En materia de precios públicos:

La autorización previa al acuerdo del consejo de administración, para la fijación y modificación de las cuantías de los precios públicos, establecida en el artículo 29.1.b) del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
Noveno
Delegación de competencias en el titular de la Dirección-Gerencia
del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid
Se delega en el titular de la Dirección-Gerencia del Consorcio Regional de Transportes
Públicos Regulares de Madrid las siguientes competencias:
1.

En materia de personal:

a) Las relativas a la aprobación de convocatorias para la provisión de puestos de trabajo adscritos al organismo autónomo, así como la resolución de las mismas, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la
Función Pública de la Comunidad de Madrid, y el nombramiento y cese en los
puestos de trabajo del personal funcionario adscrito al organismo.
b) En relación con la cobertura interina de puestos de trabajo adscritos al organismo
autónomo:

c) La concesión de gratificaciones al personal funcionario adscrito al organismo
autónomo por servicios extraordinarios prestados fuera de la jornada laboral.
autorización de las comisiones de servicio con derecho a indemnización por razón del servicio que se encomienden al personal adscrito, reguladas por el Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
d) La distribución y concesión del complemento de productividad del personal adscrito, de conformidad con lo establecido en el artículo 74.c) de la Ley 1/1986, de 10 de
abril, de Función Pública de la Comunidad de Madrid.
2.

En materia de régimen jurídico:

La resolución de las reclamaciones de responsabilidad patrimonial en las materias de
su competencia.

BOCM-20240102-19

— La aprobación y resolución de las convocatorias para la selección de funcionarios interinos.
— El nombramiento y cese de funcionarios interinos.
— Cualquier otra competencia atribuida a la consejería por el Decreto 50/2001,
de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina
de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la administración
de la Comunidad de Madrid.