Alcobendas (BOCM-20231229-19)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 29 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 309

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
19

ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO

El Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria celebrada el día 26 de octubre de 2023,
acordó la aprobación provisional de las modificaciones de algunas ordenanzas fiscales.
Dicho acuerdo ha sido publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, número 258, de fecha 30 de octubre de 2023, extendiéndose el plazo de reclamaciones previo a la aprobación definitiva hasta el 14 de diciembre del presente; según diligencia de fecha 18 de diciembre de 2023 de la Jefa de la oficina de la Junta de Gobierno
Local (por delegación del titular del Órgano Apoyo JGL número 1/2015) y certificado de
la responsable del Registro del Servicio de Atención Ciudadana, de fecha 18 de diciembre
de 2023, consta que se han cumplido todas las prescripciones legales sobre exposición al
público de dicho acuerdo durante treinta días, sin que al término del mismo, día 14 de diciembre de 2023, se haya presentado reclamación alguna, por lo que a tenor del apartado 3
del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales se entiende definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo plenario.
El texto de las ordenanzas fiscales modificadas es el siguiente:

Modificaciones que se proponen:
Artículo 7. Cuota tributaria..—Única: Se modifica el artículo 7, “Cuota tributaria”,
apartado B) (residentes), pasando a denominarse “Zona verde para residentes y colectivos
cualificados, diferenciando dos apartados B1 para las tarifas por tiempo de estacionamiento, que no se modifican y B2 para los colectivos cualificados. Asimismo, se propone la minoración de la tasa por obtención de tarjeta de residente en zona verde, fijándola en 20 euros
y se modifican los plazos de obtención de tarjeta de residente, hasta ahora trimestral para
pasar a ser semestral. También se modifica la redacción dentro del mismo artículo de las
dos líneas previas a la llamada Tabla de Reducciones y Recargos, quedando redactado de
la siguiente forma:
“B) Zona verde (residentes y colectivos cualificados).
B1) Zona verde.
Tarifas:
— Quince minutos: 0,45 euros.
— Treinta minutos: 0,90 euros.
— Cuarenta y cinco minutos: 1,40 euros.
— Una hora: 1,85 euros.
— Anulación: 2,30 euros sin fraccionamiento.
B2) Colectivos cualificados. Tarifa de 120 euros/anual. (Se considera colectivo
cualificado el así descrito en la Ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Alcobendas vigente, a la cual se remitirá la gestión de obtención de
tarjetas y el cumplimiento de los requisitos necesarios para ello).
Para ambas zonas, azul y verde (excesos y anulaciones).
Una hora postpagada (anulación del aviso de sanción en caso de sobrepasar, en un
máximo de una hora, el tiempo indicado en el ticket como fin de estacionamiento): 3,50
euros para zona azul, y 2,30 euros para zona verde, sin fraccionamiento en ningún caso.
Las tarifas indicadas para ambas zonas podrán ser abonadas por fracciones de 0,05
euros, con un mínimo de 0,15 euros, según los precios indicados.

BOCM-20231229-19

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 3.10 REGULADORA DE LA TASA
POR PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ORDENACIÓN Y REGULACIÓN
SINGULAR DEL ESTACIONAMIENTO EN DETERMINADAS
ZONAS DE LAS VÍAS PÚBLICAS