C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231229-9)
Crédito presupuestario subvenciones –  Orden 3787/2023, de 5 de diciembre, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se acuerda la distribución definitiva del crédito presupuestario disponible para el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a desarrollar proyectos de inversión para fomentar la autonomía de los usuarios y el modelo de atención centrado en la persona y para la adquisición de equipamiento técnico y tecnológico de los centros de servicios sociales, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea-Next Generation EU)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 309

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 29 DE DICIEMBRE DE 2023

Pág. 1023

En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, de conformidad con lo dispuesto en el 4.5 de la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y en el artículo 8 Acuerdo de 26 de julio de 2023, del Consejo de Gobierno por el que se aprueban las normas reguladoras y la
convocatoria del procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a desarrollar proyectos de inversión para fomentar la autonomía de los usuarios y el modelo de atención centrado en la persona y para la adquisición de equipamiento técnico y tecnológico de
los centros de servicios sociales, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
DISPONGO
Primero
Modificar la distribución de los créditos presupuestarios previstos para las actuaciones
subvencionables del Acuerdo de 26 de julio de 2023, del Consejo de Gobierno por el que
se aprueban las normas reguladoras y la convocatoria del procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a desarrollar proyectos de inversión para fomentar la autonomía de los usuarios y el modelo de atención centrado en la persona y para la adquisición
de equipamiento técnico y tecnológico de los centros de servicios sociales, con cargo al
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión EuropeaNextGenerationEU) de la siguiente forma:
LINEA
1.Discapacidad

PROGRAMA/
PARTIDA PRESUP.
Programa 231F partida 78099
Programa 231A partida 78099

SUBLINEA

EJERCICIO 2023

Sublinea 1.1
Sublinea 1.2

387.462,91

67.820,29

455.283,20

Sublinea 1.3

1.093.468,02

26.006,55

1.119.474,57

Sublinea 1.4
Programa 231D partida 78099

TOTAL

129.285,15

1.019.821,28

292.663,63

40.419,24

333.082,87

2.664.130,69

263.531,23

2.927661,92

Sublinea2.1

8.189.429,86

5.632.343,49

13.821.773,35

Sublinea 2.2

298.094,22

108.862,47

402.005,08

TOTAL MAYOR

8.487.524,08

5.741.205,96

14.223.778,43

TOTAL

11.151.654,77

6.004.737,19

17.156.391,96

TOTAL DISCAPACIDAD
2.Mayor

EJERCICIO 2024

890.536,13

Segundo
Publicar la presente orden por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la
concesión directa de subvenciones destinadas a desarrollar proyectos de inversión para fomentar la autonomía de los usuarios y el modelo de atención centrado en la persona y para
la adquisición de equipamiento técnico y tecnológico de los centros de servicios sociales,
con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión
Europea-NextGenerationEU), con cargo al presupuesto vigente, en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto
Esta orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 5 de diciembre de 2023.
La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales,
ANA DÁVILA-PONCE DE LEÓN MUNICIO

(03/20.868/23)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20231229-9

Tercero
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo contenciosoadministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Consejera de Familia,
Juventud y Política Social, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercer cualquier otro
recurso que estimen oportuno para la mejor defensa de sus derechos.