Madrid (BOCM-20231228-44)
Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Presupuesto general
55 páginas totales
Página
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 158
JUEVES 28 DE DICIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 308
- Comprensivo de las resoluciones adoptadas por los diferentes órganos de la corporación contrarias
a los reparos que hubiera formulado la Intervención, así como un resumen de las principales
anomalías detectadas en materia de ingresos, en cumplimiento del artículo 218 del texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo (en adelante, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).
- De los resultados obtenidos del control de las cuentas a justificar y anticipos de caja fija, conforme
a lo dispuesto en el artículo 27.2 del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el
régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local (en adelante, RDCIEL).
2.2. La Intervención General remitirá al Pleno, a efectos informativos, el Plan Anual de Control
Financiero aprobado y, en su caso, sus modificaciones, conforme a lo dispuesto en los apartados
3 y 4 del artículo 31 del RDCIEL.
2.3. La Intervención General remitirá al Pleno los informes definitivos de control financiero,
conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 36 del RDCIEL.
2.4. La Intervención General remitirá al Pleno, en el primer cuatrimestre del año el informe con los
resultados más significativos derivados de las de las actuaciones de control financiero y de función
interventora realizadas en el ejercicio anterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 37 del RDCIEL.
2.5. La Intervención e informará al Pleno sobre la situación de la corrección de las debilidades
puestas de manifiesto en el ejercicio del control interno, conforme a lo dispuesto en el artículo 38 del
RDCIEL.
TÍTULO I
PRESUPUESTOS GENERALES PARA 2024
CAPÍTULO I
Créditos iniciales
Artículo 8. Presupuestos que integran el Presupuesto General.
1. En el presupuesto del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos se aprueban
créditos por las cuantías que se detallan a continuación, que se financiarán con los derechos a
liquidar por igual cuantía.
(Datos en euros)
ADMINISTRACIÓN GENERAL
Ayuntamiento de Madrid
6.063.837.576
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
154.362.934
Agencia para el Empleo de Madrid
47.423.667
Agencia Tributaria Madrid
67.505.861
Madrid Salud
Agencia de Actividades
112.096.038
21.362.936
BOCM-20231228-44
Informática del Ayuntamiento de Madrid
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 158
JUEVES 28 DE DICIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 308
- Comprensivo de las resoluciones adoptadas por los diferentes órganos de la corporación contrarias
a los reparos que hubiera formulado la Intervención, así como un resumen de las principales
anomalías detectadas en materia de ingresos, en cumplimiento del artículo 218 del texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo (en adelante, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).
- De los resultados obtenidos del control de las cuentas a justificar y anticipos de caja fija, conforme
a lo dispuesto en el artículo 27.2 del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el
régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local (en adelante, RDCIEL).
2.2. La Intervención General remitirá al Pleno, a efectos informativos, el Plan Anual de Control
Financiero aprobado y, en su caso, sus modificaciones, conforme a lo dispuesto en los apartados
3 y 4 del artículo 31 del RDCIEL.
2.3. La Intervención General remitirá al Pleno los informes definitivos de control financiero,
conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 36 del RDCIEL.
2.4. La Intervención General remitirá al Pleno, en el primer cuatrimestre del año el informe con los
resultados más significativos derivados de las de las actuaciones de control financiero y de función
interventora realizadas en el ejercicio anterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 37 del RDCIEL.
2.5. La Intervención e informará al Pleno sobre la situación de la corrección de las debilidades
puestas de manifiesto en el ejercicio del control interno, conforme a lo dispuesto en el artículo 38 del
RDCIEL.
TÍTULO I
PRESUPUESTOS GENERALES PARA 2024
CAPÍTULO I
Créditos iniciales
Artículo 8. Presupuestos que integran el Presupuesto General.
1. En el presupuesto del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos se aprueban
créditos por las cuantías que se detallan a continuación, que se financiarán con los derechos a
liquidar por igual cuantía.
(Datos en euros)
ADMINISTRACIÓN GENERAL
Ayuntamiento de Madrid
6.063.837.576
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
154.362.934
Agencia para el Empleo de Madrid
47.423.667
Agencia Tributaria Madrid
67.505.861
Madrid Salud
Agencia de Actividades
112.096.038
21.362.936
BOCM-20231228-44
Informática del Ayuntamiento de Madrid