Madrid (BOCM-20231228-52)
Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Ordenanza fiscal
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 28 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 308

de modificación” y “La elaboración del Proyecto de Ordenanzas Fiscales y de Precios Públicos y de cualquier otra norma en materia tributaria, correspondiendo al titular del Área
competente en materia de Hacienda proponer a la Junta de Gobierno de la Ciudad de
Madrid su aprobación”.
La propuesta de supresión de la Tasa por la Prestación de Servicios Docentes en los
Cursos de promoción o ascenso para Funcionarios de los Cuerpos de Policía Local y de derogación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la misma trae causa de la inexistencia del
servicio que dicha tasa grava.
La Ordenanza se adecua a los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Conforme a los principios de necesidad y eficacia la iniciativa normativa debe estar justificada por una razón de interés general, basarse en una identificación clara de los fines perseguidos y ser el instrumento más adecuado para garantizar su consecución. La propuesta
que nos ocupa persigue introducir modificaciones en la norma que se adecuan a un objetivo
de interés general toda vez que incorpora modificaciones que contribuyen a una mejor y más
eficaz gestión del tributo y dan cumplimiento a una obligación legalmente establecida.
Íntimamente ligado con los principios anteriores tenemos el principio de eficiencia,
principio en virtud del cual la iniciativa normativa debe evitar cargas administrativas innecesarias que dificulten o entorpezcan la gestión pública. En este sentido, el proyecto de Ordenanza no está estableciendo cargas administrativas añadidas.
En cuanto al principio de proporcionalidad, esto es, necesidad de que la iniciativa contenga la regulación imprescindible para alcanzar el objetivo buscado y sin que existan otras
medidas menos restrictivas de derechos o que impongan menos obligaciones, debe indicarse que la Ordenanza no supone la asunción de nuevas cargas u obligaciones administrativas para los contribuyentes.
La presente propuesta, asimismo, respeta plenamente el principio de transparencia, en
los términos dispuestos en el artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. En este sentido, una vez se apruebe el proyecto inicial, se publicará el acuerdo de aprobación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, y se abrirá el correspondiente período de alegaciones, durante un
plazo de 30 días naturales. Durante el mismo, el texto de la norma propuesto se podrá consultar en la página web municipal y, de manera presencial, en las oficinas municipales que
se indican en la publicación.
Una vez se apruebe definitivamente la Ordenanza se efectuarán las publicaciones que
vienen impuestas por la ley y se podrán a disposición del ciudadano, en general, las normas
resultantes a través de todos los medios informáticos y telemáticos disponibles.
Finalmente, se respeta el principio de seguridad jurídica, en la medida en que la iniciativa normativa se ha ejercido de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico
autonómico, nacional y europeo dando lugar a un marco normativo estable y predecible
para sus destinatarios.
Artículo primero. Supresión de la Tasa por la prestación de servicios docentes en los
cursos de promoción o ascenso para funcionarios de los cuerpos de Policía Local, de 19 de
diciembre de 2014.
Se suprime la Tasa por la prestación de servicios docentes en los cursos de promoción
o ascenso para funcionarios de los cuerpos de Policía Local, de 19 de diciembre de 2014.
Artículo segundo. Derogación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la
prestación de servicios docentes en los cursos de promoción o ascenso para funcionarios
de los cuerpos de Policía Local, de 19 de diciembre de 2014.
Se deroga la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación de servicios docentes en los cursos de promoción o ascenso para funcionarios de los cuerpos de Policía Local, de 19 de diciembre de 2014.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Derogación normativa
Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en la presente ordenanza.

BOCM-20231228-52

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