Madrid (BOCM-20231228-52)
Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Ordenanza fiscal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 28 DE DICIEMBRE DE 2023

Pág. 277

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Pleno del Ayuntamiento
Acuerdo del Pleno, de 22 de diciembre de 2023, por el que se aprueba la Ordenanza 12/2023, de 22 de diciembre, por la que se suprime la Tasa por la prestación de Servicios Docentes en los cursos de promoción o ascenso para funcionarios de los Cuerpos de
Policía Local y se deroga la Ordenanza Fiscal reguladora de la misma.
El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (18/2023), extraordinaria celebrada el día 22
de diciembre de 2023, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Aprobar la Ordenanza por la que se suprime la Tasa por la Prestación de
Servicios Docentes en los cursos de promoción o ascenso para funcionarios de los Cuerpos de
Policía Local y se deroga la Ordenanza fiscal reguladora de la misma, que figura como anexo.
Segundo.- Facultar a la Presidencia del Pleno, tan ampliamente como en derecho proceda, y siguiendo criterios de eficacia, eficiencia, economía procesal y seguridad jurídica,
para corregir de oficio los errores materiales o de hecho que pudieran detectarse, de lo que,
en su caso, se dará cuenta en la próxima sesión ordinaria del Pleno que se celebre”.
Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de
la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de
que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
ANEXO
ORDENANZA 12/2023, DE 22 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE SUPRIME
LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DOCENTES
EN LOS CURSOS DE PROMOCIÓN O ASCENSO PARA FUNCIONARIOS
DE LOS CUERPOS DE POLÍCIA LOCAL Y SE DEROGA
LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA MISMA

El artículo 15 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (en adelante, TRLRHL), establece que las corporaciones locales “…deberán acordar la imposición y supresión de sus
tributos propios, y aprobar las correspondientes ordenanzas fiscales reguladoras de estos”,
concretando el artículo 57 de la misma norma legal que “Los ayuntamientos podrán establecer y exigir tasas por la prestación de servicios o la realización de actividades de su competencia y por la utilización privativa o el aprovechamiento especial de los bienes del dominio público municipal…”
Por su parte, el artículo 15.2.1 de los Estatutos de la Agencia Tributaria Madrid, aprobados por Acuerdo plenario del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2008, establece en sus apartados b) y c) que corresponde a la directora del organismo autónomo en
el ámbito de la ordenación de los tributos “El estudio y análisis de la normativa estatal en
materia de tributos municipales y financiación local, así como la elaboración de propuestas

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