Madrid (BOCM-20231228-55)
Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Ordenanza fiscal expedición documentos administrativos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 28 DE DICIEMBRE DE 2023
Pág. 291
BOCM-20231228-55
cación, entrada en vigor y comunicación de la presente ordenanza se producirá de la siguiente forma:
a) El acuerdo de aprobación y el texto de la ordenanza se publicarán íntegramente en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del
Ayuntamiento de Madrid”.
b) La ordenanza entrará en vigor el día 1 de enero de 2024.
c) Sin perjuicio de lo anterior, el acuerdo de aprobación se remitirá a la Administración General del Estado y a la Administración de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 22 de diciembre de 2023.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés
López de la Riva Carrasco.
(03/21.654/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 308
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 28 DE DICIEMBRE DE 2023
Pág. 291
BOCM-20231228-55
cación, entrada en vigor y comunicación de la presente ordenanza se producirá de la siguiente forma:
a) El acuerdo de aprobación y el texto de la ordenanza se publicarán íntegramente en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del
Ayuntamiento de Madrid”.
b) La ordenanza entrará en vigor el día 1 de enero de 2024.
c) Sin perjuicio de lo anterior, el acuerdo de aprobación se remitirá a la Administración General del Estado y a la Administración de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 22 de diciembre de 2023.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés
López de la Riva Carrasco.
(03/21.654/23)
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ISSN 1989-4791