Collado Villalba (BOCM-20231228-66)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 28 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 308

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66

COLLADO VILLALBA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Acuerdo del Pleno de 27 de diciembre de 2023, del Ayuntamiento de Collado Villalba, por la que se aprueba definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Gestión de Residuos Urbanos Municipales.
Habiéndose aprobado definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Gestión de Residuos Urbanos Municipales, una vez resueltas las alegaciones presentadas a la misma, se hace público el texto íntegro para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley de Bases del
Régimen Local.

Artículo 1. Fundamento y régimen.—Este Ayuntamiento, conforme a lo autorizado
por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
y de acuerdo con lo previsto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, establece la Tasa por la prestación del servicio municipal de gestión de residuos que
incluye tanto la recogida, como el trasporte, tratamiento y eliminación de los residuos sólidos
urbanos y asimilables, redactada conforme a lo dispuesto en los artículo 20 a 27 del Real
Decreto Legislativo 2/2004 citado y con carácter subsidiario a los preceptos de la Ley 8/1989,
de 13 de abril, de tasas y precios públicos.
Art. 2. Objeto y ámbito de aplicación.—La presente Ordenanza Fiscal tiene por objeto la regulación, en el ámbito de las competencias del Ayuntamiento de Collado Villalba,
de la gestión de la Tasa sobre la recogida y el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 7/2022,
de Residuos y Suelos contaminados para una economía circular, que obliga al sustituto del
contribuyente a repercutir el importe del Impuesto de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos sobre los contribuyentes.
Los preceptos de esta ordenanza serán de aplicación en todo el término municipal de
Collado Villalba y obligará a las personas físicas y jurídicas, así como, entidades del artículo 35 de la Ley General Tributaria que soliciten o resulten beneficiadas o afectadas por la
prestación del Servicio Municipal de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos.
Art. 3. Naturaleza y finalidad.—1. La Tasa es una prestación del servicio municipal de gestión de residuos que incluye tanto la recogida, como el transporte, el depósito de
residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos, siendo por tanto un
tributo de carácter indirecto
2. La finalidad de la Tasa es el fomento de la prevención, la preparación para la reutilización y el reciclado de los residuos, con la fracción orgánica como fracción preferente
y la educación ambiental, al objeto de desincentivar el depósito de residuos en vertedero, la
incineración y su coincineración.
Art. 4. Hecho imponible.—1.o Constituye el hecho imponible de la tasa, el servicio
de gestión de residuos, que incluye:
a) La prestación del servicio de recepción obligatoria de recogida de residuos sólidos
urbanos de viviendas, alojamientos, locales o establecimientos donde se ejercen o
pueden ejercerse actividades industriales, comerciales, profesionales, artísticas o
de servicios tanto si se realiza por gestión municipal directa como a través de contratista o empresa municipalizada.
b) la prestación del servicio de recepción obligatoria de trasporte, tratamiento y eliminación de residuos, tanto si se realiza por gestión municipal directa como a través de contratista o empresa municipalizada, de tratamiento y eliminación de basuras domiciliarias y residuos sólidos urbanos de viviendas, alojamientos, locales

BOCM-20231228-66

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DE GESTIÓN
DE RESIDUOS URBANOS MUNICIPALES