Valdemorillo (BOCM-20231228-91)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 308

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 28 DE DICIEMBRE DE 2023

Pág. 431

BOCM-20231228-91

“3. Solicitud: La solicitud deberá presentarse por el sujeto pasivo del impuesto antes
del 1 de enero del ejercicio en el cual haya de surtir efecto. Junto con la solicitud, se deberá adjuntar la siguiente documentación:
— Certificado de técnico competente en la que se acredite que la instalación reúne los
requisitos y en el que conste expresamente:
d La fecha de finalización de las instalaciones que incorporen los sistemas de
aprovechamiento térmico o eléctrico objeto de esta bonificación.
d Que los sistemas de aprovechamiento incorporados representan un suministro
mínimo de energía mínimo del 50 por 100 del total de A. C. S., en el caso de
la energía de aprovechamiento térmico de la energía solar, y de 2,5 Kw por
cada 200 metros cuadrados construidos, en el caso de energías de aprovechamiento eléctrico de energía solar.
d Que las instalaciones para producción de calor incluyen colectores homologados
por el órgano de la Administración competente”.
(…).
“6. El disfrute de esta bonificación excluirá el disfrute de otras bonificaciones en este
impuesto”.
(...).
“Art. 8. Bonificación por actividades económicas declaradas de especial interés o
utilidad municipal”.
(…).
“6. El disfrute de esta bonificación excluirá el disfrute de otras bonificaciones en este
impuesto”.
Contra el presente acuerdo definitivo de modificación de ordenanza fiscal, cuya entrada en vigor tendrá lugar una vez se efectúe la publicación de las modificaciones de referencia en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para sus efectos a partir de 1
de enero de 2024, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá
interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Valdemorillo, a 26 de diciembre de 2023.—El alcalde, Santiago Villena Acedos.
(03/21.715/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791