Manzanares el Real (BOCM-20231228-73)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
<< 2 << Página 2
Página 3 Pág. 3
-
3 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 338

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 28 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 308

BOCM-20231228-73

3. Se aplicará una bonificación fiscal del 50 por 100 del importe de la tasa a aquellos
inmuebles destinados al ejercicio de actividad económica que acrediten estar en posesión
del Certificado Residuo Cero AENOR (Asociación Española de Normalización y Certificación) o equivalente compatible con la norma UNE-EN ISO 14001 de gestión ambiental.
Esta bonificación no se acumula con las anteriores, sino que las sustituye, en caso de encontrarse en ambos supuestos.
Cuando se trate de una vivienda en la que se realice alguna actividad económica, lo establecido en los epígrafes 2 y 3 será de aplicación a la parte de la tasa correspondiente a la
actividad económica, mientras que lo establecido en el epígrafe 1 podrá ser de aplicación a
ambas partes o a una de ellas según corresponda.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad
con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Manzanares el Real, a 27 de diciembre de 2023.—El alcalde en funciones, Fernando
Román Aguilera.
(03/21.754/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791