C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231228-15)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 2032/2023, de19 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, de convocatoria de ayudas para la implementación de la normativa de residuos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) NextGenerationEU, para 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 28 DE DICIEMBRE DE 2023

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Cuarto
Procedimiento de concesión de las ayudas
Estas ayudas se concederán mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva regulado en el artículo 62.1 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el
que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Quinto
Criterios presupuestarios
1. La dotación presupuestaria destinada a financiar esta convocatoria asciende
a 8.718.704,84 euros, y se contraerá con cargo a los créditos del subconcepto 79909, programa 456N del Presupuesto de Gastos para 2023 de la Dirección General de Transición
Energética y Economía Circular, con la siguiente distribución por líneas y sublíneas:
— Línea 2. Construcción de instalaciones específicas para el tratamiento de los biorresiduos recogidos separadamente, 8.000.000 euros, con la siguiente distribución:
d Se destinarán 4.000.000 euros, a los proyectos presentados por entidades locales o consorcios.
d Se destinarán 3.600.000 euros, a proyectos presentados por gestores de residuos, que se acojan a lo dispuesto en los artículos 41 y 47 del Reglamento (UE) 651/2014.
d Se destinarán 400.000 euros, a proyectos presentados por gestores de residuos,
que se acojan a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 1407/2014.
— Línea 4. Inversiones relativas a instalaciones de recogida (como puntos limpios),
triaje y clasificación (envases, papel, etc.) y mejora de plantas de tratamiento mecánico biológico existentes. Sublínea 4.1. Proyectos de construcción y mejora de
instalaciones de recogida (Puntos Limpios; incluyendo recogida de residuos textiles y residuos domésticos peligrosos), con 718.704,84 euros. En el caso de Puntos Limpios móviles solo podrán ser subvencionados vehículos que no utilicen
combustibles fósiles. Con la siguiente distribución:
d Se destinarán 518.704,84 euros, a los proyectos presentados por entidades locales o consorcios.
d Se destinarán 200.000 euros, a proyectos presentados por gestores de residuos,
que se acojan a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 1407/2014.
2. Con carácter general, la ayuda no podrá superar el 90 por 100 de los gastos financiables del proyecto subvencionado, no siendo elegible el IVA, sin perjuicio de la aplicación, en todo caso, de las cuantías máximas establecidas para las ayudas de Estado en el Reglamento (UE) 1407/2013 y en el Reglamento (UE) 651/2014, expresadas en el artículo 10
de la Orden 458/2022 y en el Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión, de 23 de junio, por
el que se modifica el Reglamento (UE) 651/2014. En el caso de actuaciones referidas a las Líneas 2 y 4.1 que se acojan a lo establecido en el artículo 47 del Reglamento (UE) 2023/1315 la
intensidad de la ayuda no podrá exceder del 35 por 100 de los costes subvencionables. La
intensidad de ayuda podrá incrementarse en 20 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a pequeñas empresas y en 10 puntos porcentuales si las ayudas van destinadas a medianas empresas.
Sexto
1. Las solicitudes se presentarán en el modelo normalizado que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, en la dirección electrónica sede.comunidad.madrid , en el plazo de un meses a contar desde el día siguiente al de publicación
del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
2. Las solicitudes presentadas fuera de plazo serán inadmitidas.
3. Cada solicitante solo podrá presentar una solicitud de actuación en el caso de la línea 4. Si se presentara más de una solicitud, se tendrá en cuenta la presentada en último lugar.
En el caso de la línea 2, si se presentara más de un proyecto por beneficiario, la ayuda
total concedida a la entidad local no podrá superar los límites máximos establecidos en la
convocatoria.

BOCM-20231228-15

Solicitudes, plazo de presentación y documentación