Madrid (BOCM-20231227-53)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan especial
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 270
MIÉRCOLES 27 DE DICIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 307
3. Régimen de usos:
El uso característico es el uso residencial en su clase vivienda colectiva.
Cuadro de usos
BOCM-20231227-53
Uso cualificado: Residencial Vivienda Colectiva Libre.
Uso compatible (en sótano, plantas bajas y entreplanta): Terciario Comercial.
Debido a la altura libre existente en la entreplanta del edificio, no se considerará apto
para uso el espacio que cuente con una altura libre inferior a 2.20 metros de altura.
Madrid, a 12 de diciembre de 2023.—El Director General de Planeamiento, Javier
Hernández Morales.—El Secretario General de Pleno, Federico Andrés López de la Riva
Carrasco.
(02/20.851/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 270
MIÉRCOLES 27 DE DICIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 307
3. Régimen de usos:
El uso característico es el uso residencial en su clase vivienda colectiva.
Cuadro de usos
BOCM-20231227-53
Uso cualificado: Residencial Vivienda Colectiva Libre.
Uso compatible (en sótano, plantas bajas y entreplanta): Terciario Comercial.
Debido a la altura libre existente en la entreplanta del edificio, no se considerará apto
para uso el espacio que cuente con una altura libre inferior a 2.20 metros de altura.
Madrid, a 12 de diciembre de 2023.—El Director General de Planeamiento, Javier
Hernández Morales.—El Secretario General de Pleno, Federico Andrés López de la Riva
Carrasco.
(02/20.851/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791