Los Molinos (BOCM-20231227-81)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 307

ANEXO I
TARIFAS APLICABLES PARA LA RECOGIDA DE RESIDUOS ESPECIALES
IMPORTE EN € POR
INTERVENCIÓN MPAL.

CONCEPTO
Recogida de enseres domiciliarios
Conjunto de hasta 5 unidades de tamaño pequeño/mediano (silla, mesilla, microondas, lavadora, etc.)

10

Recogida de enseres domiciliarios
Conjunto de hasta 2 unidades de tamaño grande (sillón, frigorífico, cama, etc.)

10

Restos vegetales leñosos, que no puedan ser recogidos por el servicio “puerta a puerta”
Conjunto de hasta 5 troncos de hasta 20 cm de diámetro y 1´5 m de largo

10

BOCM-20231227-81

La recogida de estos residuos por parte del Ayuntamiento será opcional para los interesados y estará sujeta a las condiciones adicionales que aquél establezca en cuanto al momento y lugar de recogida, debiendo presentarse junto con la solicitud descripción detallada del
número de enseres domiciliarios y/o restos leñosos que deseen ser recogidos. En caso contrario, los interesados deberán depositar, necesariamente, los enseres y/o restos vegetales en
el Punto Limpio municipal y/o en un gestor de tratamiento de residuos vegetales.
La inobservancia de estas condiciones conllevará las sanciones contempladas en la ordenanza reguladora del fomento y garantía de la convivencia ciudadana en el municipio de
Los Molinos.
Tercero.—Publicar dicho acuerdo definitivo y el texto íntegro de la modificación de la
ordenanza fiscal reguladora del impuesto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en el tablón de anuncios de la entidad, aplicándose a partir de la fecha que señala dicha ordenanza.
Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de
esta entidad.
Cuarto.—Notificar este acuerdo a todas aquellas personas que hubiesen presentado reclamaciones durante el período de información pública.
Quinto.—Facultar a la Alcaldía para suscribir y firmar toda clase de documentos y, en
general, para todo lo relacionado con este asunto».
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con sede en calle General Castaños, número 1, de Madrid, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Los Molinos, a 22 de diciembre de 2023.—El alcalde, Antonio Coello Gómez-Rey.
(03/21.567/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791