Los Molinos (BOCM-20231227-81)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 307

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE DICIEMBRE DE 2023

Pág. 341

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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LOS MOLINOS
RÉGIMEN ECONÓMICO

Habiéndose aprobado definitivamente, en sesión extraordinaria y urgente de 22 de diciembre de 2023, el expediente de modificación de la ordenanza número 5, reguladora de
la tasa sobre recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos, con resolución
expresa de las reclamaciones presentadas, se hace público el acuerdo definitivo en el que se
incluye el texto íntegro de la modificación, en cumplimiento del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que es del siguiente tenor literal:
ACUERDO
Primero.—Desestimar las reclamaciones presentadas por don Fernando Cabrera Ortega, don Fernando San Isidro Vallejo y don Alfredo Martínez Hernández, toda vez que el artículo 83.2 de la Ley 39/2015 solo indica que se publique el anuncio del BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y no el expediente, añadiendo que el expediente estará a
disposición de quienes lo soliciten a través de medios electrónicos en la sede electrónica, y
dado que no se ha solicitado por ningún particular ni presencial ni a través de ningún medio electrónico, ni siquiera los reclamantes, el acceso al expediente no se puede alegar que
haya indefensión o falta de trasparencia, ya que la publicación en el Boletín Oficial está
efectuado, si bien en el mismo no señala lugar de acceso para conocer el expediente, es evidente y así también lo señalan los propios reclamantes que el lugar será el Ayuntamiento de
Los Molinos y en las horas en que está abierto el Ayuntamiento, por lo que igualmente no
existe ni indefensión ni falta de transparencia.
Segundo.—Aprobar con carácter definitivo, una vez resueltas las reclamaciones presentadas, la modificación en la imposición de la tasa y la redacción definitiva de la ordenanza número 5, reguladora de la tasa sobre recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos
urbanos, una vez incorporada a la misma la modificación debida al error aritmético en el artículo 5 con la redacción que a continuación se recoge:

Artículo 1. Fundamento y régimen.—Este Ayuntamiento, conforme a lo autorizado
por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
y de acuerdo con lo previsto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, establece la tasa por la prestación del servicio municipal de gestión de residuos que
incluye tanto la recogida, como el trasporte, tratamiento y eliminación de los residuos sólidos
urbanos y asimilables, redactada conforme a lo dispuesto en los artículo 20 a 27 del Real Decreto Legislativo 2/2004 citado y con carácter subsidiario a los preceptos de la Ley 8/1989,
de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos.
La presente ordenanza fiscal tiene por objeto la regulación, en el ámbito de las competencias del Ayuntamiento de Los Molinos, de la gestión de la tasa sobre la recogida,
transporte y el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 7/2022, de Residuos y Suelos, contaminados para una economía circular, que obliga a reflejar el coste real, directo o indirecto de
las operaciones de recogida transporte y tratamiento de residuos así como a repercutir el importe del Impuesto de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos sobre los contribuyentes.
Los preceptos de esta ordenanza serán de aplicación en todo el término municipal de Los
Molinos y obligará a las personas físicas y jurídicas, así como, entidades del artículo 35 de la

BOCM-20231227-81

«NÚMERO 5.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA
SOBRE RECOGIDA DOMICILIARIA Y TRATAMIENTO
DE BASURA O RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS