Colmenarejo (BOCM-20231227-71)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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B.O.C.M. Núm. 307

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE DICIEMBRE DE 2023

Turismo:
1. Formular propuestas en materia de turismo.
2. Señalar las directrices generales en materia de turismo.
3. Hacer cumplir los Bandos y Órdenes emanados de la Alcaldía, las Ordenanzas
Municipales y, en general, todas las disposiciones que afecten al Municipio, dentro de la
competencia que se delega.
4. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
5. Dirección, inspección e impulso de los servicios delegados y formular propuestas
de resolución para su tramitación por la Alcaldía.
6. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de contratación relacionada con esta Concejalía.
7. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local, de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean aquéllos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
Comercio:
1. Coordinación de las actividades de Comercio.
2. Relaciones con asociaciones de empresarios y comerciantes.
3. Organización y gestión de actividades de promoción del desarrollo del comercio local.
4. Dirección, inspección e impulso de los servicios delegados y formular propuestas
de resolución para su tramitación por la Alcaldía.
5. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
6. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de contratación relacionada con esta Concejalía.
7. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local, de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean aquéllos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
Desarrollo Local:
1. Coordinación de las actividades de Desarrollo Local.
2. Dirección, inspección e impulso de los servicios delegados y formular propuestas
de resolución para su tramitación por la Alcaldía.
3. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
4. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de contratación relacionada con esta Concejalía.
5. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local, de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean aquéllos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
Empleo:
1. Coordinación de las actividades de Empleo.
2. Dirección, inspección e impulso de los servicios delegados y formular propuestas
de resolución para su tramitación por la Alcaldía.
3. Proponer a los órganos de gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el
mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.
4. Dirigir, coordinar y planificar las actuaciones y programas en materia de contratación relacionada con esta Concejalía.
5. Formular las propuestas al Pleno del Ayuntamiento, y a la Junta de Gobierno Local, de aprobación de los expedientes de contratación y de adjudicación cuando sean aquéllos el órgano de contratación, en materias relacionadas con esta Concejalía.
Cuarto.—Las expresadas delegaciones genéricas lo son, sin perjuicio de la facultad de
la Alcaldía:
— De recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada y de los
actos o disposiciones emanados en virtud de la delegación.
— La de ser informado previamente a la adopción de decisiones de transcendencia.
— De avocar en cualquier momento al delegación y las competencias atribuidas conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

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