C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231227-21)
Bases subvenciones –  Orden 3898/2023, de 15 de diciembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la ejecución de proyectos de atención integral a mujeres en situación de vulnerabilidad, cofinanciadas al 40 % por el Programa FSE+ 2021-2027 de la Comunidad de Madrid, y se realiza la convocatoria para 2024
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 307

2. La cuantía subvencionable de los proyectos previstos en los apartados a) y b) del
artículo 3 será como máximo de 30.000 euros y 50.000 euros, respectivamente.
3. La cuantía subvencionable se calculará de acuerdo con los siguientes factores:
a) Coste de referencia del personal adscrito al proyecto (CRP): Será la suma de los
costes de referencia de todo el personal asignado al proyecto. El coste de referencia de cada una de las personas trabajadoras se calculará multiplicando el importe del módulo económico salario/hora, que se establezca en la convocatoria en
función de su categoría profesional, por las horas de trabajo asignadas, de acuerdo con el Convenio colectivo de acción e intervención social.
b) Porcentaje del coste de referencia del personal según tipología del proyecto
(% TP ⋅ CRP): Al coste de referencia del personal (CRP) se le sumará la cantidad
resultante de aplicar el porcentaje que corresponda en función del tipo de proyecto al coste de referencia anterior. Este porcentaje será del 40 % del CRP.
g) Porcentaje de imputación a la subvención (% IS): porcentaje que representa la
cuantía solicitada respecto al coste total del proyecto.
La estimación de la cuantía subvencionable del proyecto será la suma de las cantidades obtenidas en los apartados a) y b) anteriores, que se multiplicará por el porcentaje que representa el importe solicitado respecto al coste total del proyecto (% IS):
[CRP + (% TP ⋅ CRP)] ⋅ % IS
4. La cuantía subvencionable será la menor de estas tres cantidades:
a) El importe resultante de aplicar la fórmula: [CRP + (% TP ⋅ CRP)] ⋅ % IS.
b) El importe solicitado.
c) El importe establecido en cada convocatoria como límite para el tipo de proyecto
de que se trate.
Artículo 14
Los criterios de valoración se valorarán con un máximo de 100 puntos repartidos en
dos apartados: valoración de la entidad y valoración del proyecto presentado.
1. Valoración de la entidad (hasta 40 puntos):
a) Antigüedad. Se asignará la máxima puntuación de 10 puntos a aquella o aquellas
entidades solicitantes que ostenten la mayor antigüedad adicional a los dos años
previstos en el artículo 7.1.d). Esta antigüedad se medirá desde la fecha de constitución legal de la entidad. Para el resto de entidades, su puntuación se calculará
de manera proporcional.
b) Experiencia y continuidad de la entidad. Se asignará la máxima puntuación
de 10 puntos a aquella o aquellas entidades solicitantes que ostenten la mayor experiencia en la ejecución de proyectos de apoyo a población de colectivos vulnerables con perspectiva de género. Dicha experiencia se medirá mediante el número de contratos adjudicados o número de convocatorias en las que las entidades
han sido subvencionadas en los cuatro años anteriores al de la convocatoria, siempre que en el momento de solicitar la ayuda no se hallen en ejecución. Para el resto de entidades, su puntuación se calculará de manera proporcional.
c) Planes de igualdad. Se asignarán 5 puntos a las entidades de menos de 50 trabajadores que cuenten con planes de igualdad, en los términos previstos en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, que contemplen el fomento de la conciliación de
la vida personal, familiar y laboral y corresponsabilidad.
d) Estar la entidad acogida al Plan General Contable adaptado para las entidades sin
fines de lucro: 5 puntos.
e) Auditoría externa: 10 puntos. Se otorgarán 10 puntos, cuando la entidad solicitante cuente con informe de auditoría externa de las cuentas anuales de la entidad en
el último ejercicio cerrado.
2. Valoración del proyecto (hasta 60 puntos):
a) Coste/participantes previstos: Se asignará la máxima puntuación de 10 puntos a
aquel o aquellos proyectos, de acuerdo con la modalidad de intervención previs-

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Criterios de valoración de los proyectos