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Convenio –  Convenio de 4 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, por el que se formaliza la concesión directa de una subvención a dicho Ayuntamiento por importe de 55.000 euros para la realización del Festival de Cine de Alcalá de Henares (ALCINE 52)
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B.O.C.M. Núm. 306

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 26 DE DICIEMBRE DE 2023

Promoción Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte la promoción, difusión
y organización de todo tipo de actividades relacionadas con las artes en su ámbito territorial.
En la realización de esta tarea, como uno de los objetivos de la política cultural de esta
Dirección General destaca la concesión de subvenciones nominativas a importantes entidades del ámbito de las artes escénicas, musicales, cinematográficas y plásticas, únicas en su
campo de actividad y que alcanzan niveles de excelencia en su actividad.
IV. Que el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.2.m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
ejerce en el marco de sus competencias propias, la promoción de la cultura y equipamientos culturales.
V. Que, en desarrollo de estas competencias, entre otras actividades, desde el año
1970, se viene celebrando en el municipio el denominado “Festival de Cine de Alcalá de
Henares”, que nació como un pequeño certamen de cortometrajes y en la actualidad es un
evento muy consolidado que abarca un amplio espectro de actividades relacionadas con la
creación cinematográfica y audiovisual: certámenes de cortometrajes nacionales y
europeos, muestra internacional de largometrajes o relacionadas con otras análogas como
la música ligada al cine, la creatividad visual (diseño, cartel, fotografía …), publicaciones
sobre la historia del cine, óperas primas, entre otros.
VI. Que la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2022, previó en el subconcepto 46352 del programa 334A,
cuyo responsable es el titular de la Dirección General de Promoción Cultural, una subvención nominativa por importe de 55.000 euros con destino al Ayuntamiento de Alcalá de Henares: Festival de Cine.
VII. Que la Intervención General de la Comunidad de Madrid, en consonancia con
la Circular 1/2019, de 27 de marzo, de la Intervención General del Estado, sobre los efectos de la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado aprobados para un ejercicio en
relación a los créditos integrados en esta última relativos a las subvenciones nominativas,
y con la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y con la Ley 9/1990,
de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, considera que
el crédito que figura en los estados de gastos del presupuesto prorrogado relativo a las subvenciones nominativas no habilita para la concesión directa de la misma en el presente ejercicio presupuestario. En este contexto, el artículo 3.1.c) del Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, establece que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.2 de la
Ley 9/1990, de 8 de noviembre, no se prorrogan créditos para gastos destinados a programas y actuaciones que hayan finalizado a 31 de diciembre de 2022. En este sentido, los créditos que amparan subvenciones nominativas no mantendrán tal condición.
VIII. Que de acuerdo con el artículo 4.5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad de Madrid, podrán concederse de forma directa y no será
necesario el requisito de publicidad y concurrencia cuando, con carácter excepcional, se
acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario u otras debidamente
justificadas que dificulten la convocatoria pública. Pudiendo autorizar el Consejo de Gobierno, la celebración de convenios con los beneficiaros de las subvenciones, cuando éstos
se encuentren singularizados en el momento de su autorización.
IX. Que, de conformidad con el artículo 4.6, de Ley 2/1995, de 8 de marzo, el titular de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte con fecha 18 de octubre de 2023, emitió el preceptivo informe justificativo de la concurrencia de las razones excepcionales de
interés público y social que hacen necesaria la utilización del procedimiento de concesión
directa para la asignación de la subvención con destino al Ayuntamiento de Alcalá de Henares: Festival de Cine, de acuerdo con el artículo 4.5.c) 3º de la citada Ley 2/1995.”
X. Que la Orden 1902/2022, de 19 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo
y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Promoción Cultural para 2023, en el apartado destinado a las líneas de subvenciones en materia de artes escénicas, musicales, cinematográficas y audiovisuales y de videojuego, en el subapartado destinado a las consignaciones presupuestarias con asignación
nominativa, recoge dicha ayuda.
XI. Que, en virtud de lo expuesto, las partes acuerdan, a los efectos oportunos y de
conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y restante legislación de desarrollo básica o, en su caso, supletoria, siendo asimismo de aplicación la
Ley 40/2015 y el Decreto 48/2019, en la medida en que no sea incompatible con la normativa reguladora de las subvenciones, suscribir un convenio sujeto a las siguientes

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