C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231223-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Alcalá Industrial, S. A., para su Centro de Trabajo de Alcalá de Henares (Madrid) (código número 28000092011986)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 24

SÁBADO 23 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 305

SALARIOS BRUTOS 2023
PERSONAL EMPLEADO
NIVELES

COMPUTO ANUAL

COMPUTO MENSUAL

1.01

TITULADO SUPERIOR

DENOMINACION

35.671,24 €

2.547,95 €

1.02

TITULADO MEDIO

34.331,52 €

2.452,25 €

1.03

M. IND. JEF2

30.293,41 €

2.163,81 €

1.04

ENCARGADO

28.064,06 €

2.004,58 €

1.05

OFICIAL ADM 1ª, TEC 1

27.025,83 €

1.930,42 €

1.06

OFIC. 2ª, TEC. 2ª, CAPATAZ

25.106,99 €

1.793,36 €

1.07

AUXILIAR

24.484,14 €

1.748,87 €

PERSONAL OPERARIO
NIVELES

COMPUTO ANUAL

COMPUTO MENSUAL

2.01

OFICIAL 1ª

DENOMINACION

24.517,93 €

1.751,28 €

2.02

OFICIAL 2ª

24.014,48 €

1.715,32 €

2.03

OFICIAL 3ª

23.743,11 €

1.695,94 €

2.04

ESPECIALISTA

23.630,74 €

1.687,91 €

2.05

ESPECIALISTA (NUEVA INCOR)

20.592,34 €

1.470,88 €

ANEXO IV
COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD (TRIENIOS)
GRUPO DE CATEGORÍAS 2022

IMPORTE MENSUAL (14 PAGAS)
PLUS ANTIGÜEDAD (TRIENIOS)

1.01, 1.02, 1.03 Y 1.04

14,86 €

1.05, 1.06, 2.01 Y 2.04

13,95 €

1.07 Y 2.05

13,19 €

GRUPO DE CATEGORÍAS 2022

IMPORTE MENSUAL (14 PAGAS)
PLUS ANTIGÜEDAD (TRIENIOS)

1.01, 1.02, 1.03 Y 1.04

15,53 €

1.05, 1.06, 2.01 Y 2.04

14,58 €

1.07 Y 2.05

13,78 €

ANEXO V
IMPORTE DE LOS COMPLEMENTOS DE NOCTURNIDAD Y EXCEPCIONAL PENOSIDAD,
TOXICIDAD O PELIGROSIDAD, QUE SE ABONARAN A LOS PRODUCTORES
QUE TENGAN DERECHO A PERCIBIRLO
PLUS TÓXICO, PENOSO 2022

PLUS TÓXICO, PENOSO 2023

1.04

ENCARGADO

0,84 €

1.04

ENCARGADO

0,87 €

1.06

CAPATAZ

0,75 €

1.06

CAPATAZ

0,79 €

2.01

OFICIAL 1ª

0,47 €

2.01

OFICIAL 1ª

0,49 €

2.02

OFICIAL 2ª

0,46 €

2.02

OFICIAL 2ª

0,48 €

2.03

OFICIAL 3ª

0,45 €

2.03

OFICIAL 3ª

0,47 €

2.04

ESPECIALISTA

0,45 €

2.04

ESPECIALISTA

0,47 €

Complemento de Nocturnidad; Se abonará en todos los casos el 35% de Salario de Convenio

BOCM-20231223-1

ANEXO VI
NORMAS DE ACTUACION DE LA COMISION DE METODOS Y TIEMPOS
1. El objeto de esta Comisión, es atender las reclamaciones efectuadas por los trabajadores, en
materia de métodos y tiempos y estudiar y comprobar las causas que motivan las reclamaciones.
2. La Comisión actuará, cuando la reclamación hecha por el trabajador, no sea atendida, por los
mandos del Centro, o por el Departamento de Ingeniería, y también cuando la solución dada no le
satisfaga.
3. La acción a tomar por la Comisión después de recibir la reclamación será la siguiente:
a) Tomar conocimiento del método, proceso y cronometraje establecido.
b) Comprobar si lo especificado en el párrafo anterior es realizado por el trabajador.
c) Efectuar un cronometraje al operario que hace la reclamación, basándose en el proceso
establecido por la Empresa.
d) Celebrar una reunión para llegar a conclusiones.