D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20231221-33)
Convenio –  Convenio de 19 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo), la Universidad Autónoma de Madrid y la Fundación de la Universidad Autónoma de Madrid, M. P., para la creación de la “Cátedra IRSST-UAM: I+D+i en la prevención de riesgos laborales, “química verde y economía circular”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 303

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE DICIEMBRE DE 2023

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El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno
de los firmantes en materia de protección de datos podrá ser causa de resolución del convenio. La resolución por esta causa no dará derecho a indemnización alguna.
Datos de los firmantes: los datos de contacto de los firmantes del presente convenio, y
del resto de personas de contacto que puedan intervenir, van a ser tratados y serán incluidos
en sendos tratamientos, de los que es responsable cada una de las partes. Los datos citados serán tratados en base a la ejecución del convenio, así como al cumplimiento de una obligación
legal y de una misión de interés público, con la finalidad de gestionar el mantenimiento, cumplimiento, desarrollo, control y ejecución de lo dispuesto en el presente convenio.
Los datos personales referidos no se cederán a terceros salvo que sea necesario conforme a la Ley para el cumplimiento del presente convenio o de obligaciones legales.
Cada una de las partes deberá atender las solicitudes que reciba, por parte de los interesados, en cuanto al ejercicio de los derechos de protección de datos contenidos en el capítulo III del RGPD y concordantes de la LOPDGDD, sin que el ejercicio frente a uno afecte a la otra parte.
En caso de que, por parte de los titulares de los datos personales, se ejerciten ante una
de las partes firmantes el derecho de supresión o rectificación de los datos, así como el de
limitación del tratamiento, esta comunicará inmediatamente a la otra parte dicho ejercicio,
a fin de que puedan, en su caso, hacerlo efectivo también en su tratamiento.
Asimismo, los representantes de las partes firmantes, como interesados, podrán ejercitar, en cualquier momento, sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, y a no ser objeto de decisiones automatizadas, dirigiéndose al correspondiente delegado de protección de datos. En su caso, el interesado también podrá
plantear una reclamación ante la autoridad de control competente.
Tales datos se tratarán mientras que se mantenga en vigor el presente convenio entre
las partes y, posteriormente, se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con
la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que
se pudieran derivar de dicha finalidad. Posteriormente, la conservación o, en su caso, la supresión de la información personal se realizará conforme a la normativa de bloqueo prevista por el artículo 32 de la LOPDGDD.
Decimoséptima
Difusión de la participación de la Comunidad de Madrid
Toda notificación pública de temas referentes a la Cátedra se hará de común acuerdo
y mediante aprobación escrita por las partes del texto a publicar, figurando sus respectivos
logotipos.
Durante la vigencia del presente convenio, la UAM se compromete a difundir la participación de la Comunidad de Madrid mediante la inserción de su logotipo en cuántos carteles, publicaciones, impresos, catálogos, página web o cualquier otra información que se
publique en relación con la Cátedra y con la actividad desarrollada, así como en los actos
de difusión (Informes, folletos divulgativos) de las Cátedras de la UAM.
En todo caso, la difusión de la participación de la Comunidad de Madrid en las actividades de la Cátedra no constituirá una prestación de servicio y se limitará al uso de sus logotipos, conforme a lo dispuesto en el Manual de Identidad Corporativa de la Comunidad
de Madrid, quedando expresamente excluida la publicidad o la difusión de cualquier producto o servicio que pueda prestar la Comunidad de Madrid.
La existencia de este convenio no supone en ningún caso una autorización a la Comunidad de Madrid a difundir su participación en las actividades de la Cátedra ni a hacer uso
de la imagen corporativa de la UAM de cualquier otro modo.
Decimoctava
El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto, o por incurrir en causa de resolución. Las causas de resolución son las contempladas en el artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
En cualquier caso, las partes se comprometen a finalizar las acciones que estén en curso de ejecución en el momento en que cause efecto la resolución del convenio.
En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes del convenio, se notificará a la parte incumplidora un requerimien-

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Extinción del convenio