Madrid (BOCM-20231219-41)
Régimen económico. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Concesión subvenciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 301

MARTES 19 DE DICIEMBRE DE 2023

Pág. 255

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
Decreto del delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, por el que se resuelve la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la instalación de infraestructura de recarga para vehículos de la anualidad de 2022.
A la vista de la propuesta de la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental, de fecha de 1 de diciembre de 2023, y en base a los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.—Mediante Decreto de 8 de junio de 2022, del Área de Gobierno de Medio
Ambiente y Movilidad, (BOAM número 9.165 y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 148, ambos de 23 de junio de 2022), se aprobó la convocatoria de subvenciones destinadas a la instalación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos de
la anualidad de 2022 (en adelante, convocatoria).
Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se imputarán a la
aplicación presupuestaria 001/150/172.11/789.00 denominada “Otras transferencias de capital a familias” del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para el año 2022.
El crédito destinado a la convocatoria asciende a un millón de euros (1.000.000,00 de
euros), distribuidos entre los ámbitos de la ayuda como figura en cuadro adjunto, contemplándose la posibilidad de redistribuir el presupuesto entre los diferentes ámbitos, en caso de que
alguno de ellos no contemple el nivel de otorgamiento previsto, con el fin de maximizar el impacto y la aplicabilidad de la línea de ayudas en su momento.
TOTAL ANUALIDAD SUBVENCIÓN 2022 €
ÁMBITO 1.1

ÁMBITO 1.2

ÁMBITO 1.3

ÁMBITO 2

TOTAL

400.000

200.000

100.000

300.000

1.000.000

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.—Como se establece en el apartado 11.3 de la convocatoria, en relación con lo
dispuesto en el artículo 27.3 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30
de octubre de 2013, (en adelante OBRGS), se ha de entender aceptada la subvención por
todos los solicitantes propuestos como beneficiarios, al no haberse presentado ninguna renuncia.

BOCM-20231219-41

Segundo.—Mediante resolución del Director General de Sostenibilidad y Control
Ambiental de 29 de agosto de 2023 (BOAM número 9.459, de 31 de agosto de 2023) se
propuso la relación provisional de beneficiarios de la convocatoria, y los importes de las
ayudas para cada uno de los ámbitos incluidos en la misma, previo informe de la Subdirección General de Energía y Cambio Climático de 24 de agosto de 2023, otorgándose en dicha Resolución un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones.
Tercero.—Mediante resolución del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental de 2 de noviembre de 2023 (BOAM número 9.503, de 3 de noviembre de 2023) se
propuso la relación definitiva de beneficiarios de la convocatoria, y los importes de las ayudas para cada uno de los ámbitos incluidos en la misma, previo informe de la Subdirección
General de Energía y Cambio Climático de 25 de octubre de 2023, sin que en el plazo otorgado al efecto se hayan recibido solicitudes de renuncia a las ayudas propuestas.
A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes,